Kafka en la Seguridad Social
Como tantos otros españoles me he visto en la obligación de prolongar mi vida laboral más allá de los 65 años para mejorar mi pensión de jubilación. En abril del año 2006, con 68 años cumplidos, al finalizar mi actividad laboral, me puse en contacto con el INEM donde se me informó de que tenía la posibilidad de solicitar una prestación por desempleo. Así lo hice hasta el mes de noviembre, llegado ese mes, al no materializarse las esperanzas que tenía de reanudar mi actividad laboral, solicité la prestación de jubilación, cesando como es lógico en la de desempleo.
Cual no sería mi sorpresa al comprobar que a la hora de calcular la pensión, la Tesorería General de la Seguridad Social había omitido lo cotizado entre los meses de abril y noviembre, a pesar de ser una situación asimilada al alta. Efectué la pertinente reclamación y aquí es donde la situación toma el giro kafkiano.
Me indican que, según ellos, no se me debería haber concedido el desempleo, lo que me parece cuando menos discutible. Pero en lugar de actuar conforme a la legislación vigente, se me abre un expediente sancionador por el INEM por un supuesto cobro indebido de prestaciones en base a tener más de 65 años cumplidos y haber cotizado quince años. Mientras tanto, los funcionarios de la Tesorería, que por lo visto ignoran que en la misma dirección provincial existe un departamento que se llama de Revocación de Prestaciones -o quizá no saben a qué se dedican- da por ya revocadas las prestaciones sin más trámite.
En la actualidad me veo obligado a dirigirme a los tribunales, cuando no he hecho otra cosa que seguir las directrices de la administración a cada paso.
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