A partir de hoy las eléctricas deben reparar las averías en ocho horas
Las compañías eléctricas tienen desde hoy la obligación de reponer el suministro en un plazo máximo de ocho horas en caso de avería, y de hacerlo en la mitad de tiempo para el 70% de los afectados. Si no lo logran, se exponen a sanciones de hasta tres millones de euros.
Es el resultado de la entrada en vigor, tras la publicación ayer en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de la Ley de Garantía del Suministro Eléctrico de la Comunidad de Madrid. La nueva norma también obliga a las eléctricas a dotarse de equipos auxiliares de gran potencia y aumentar las inversiones para evitar apagones.
El texto, pionero por su contenido en el ámbito autonómico, desarrolla la normativa vigente estatal desde la liberalización del sector eléctrico, en 1997. Esta normativa establece que las compañías eléctricas son responsables del correcto suministro de energía, el cual deben llevar a cabo dentro de unos estrictos márgenes de calidad.
El Gobierno regional pretende a partir de ahora garantizar el servicio que recibe la población en el terreno de la prevención, quiere aumentar el control sobre las empresas a la hora de invertir y mantener sus líneas con procedimientos que pongan de manifiesto los problemas estructurales de la red de distribución. Además, quiere reducir el impacto de las averías.
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