El Supremo frena las expulsiones de extranjeros por estancia irregular
El Tribunal Supremo considera que la Administración no puede expulsar a extranjeros por el mero hecho de que se hallen en España en situación irregular. En una sentencia dictada el pasado lunes, confirma varios fallos anteriores del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria que amparaban a inmigrantes contra los que la Administración había dictado órdenes de expulsión porque carecían de la documentación precisa.
El Supremo recuerda que, según la Ley de Extranjería, quienes se encuentren ilegalmente en España o trabajando sin los permisos correspondientes pueden ser sancionados "con multa o con expulsión".
El tribunal subraya que en el sistema de la ley, la sanción principal es la multa: "En cuanto sanción más grave (...), la expulsión requiere una motivación específica y distinta o complementaria de la pura permanencia ilegal, ya que ésta es castigada (...) con multa".
Es decir, que para aplicar la expulsión a un inmigrante, la Administración deberá aportar a partir de ahora en los expedientes sancionadores razones complementarias a la estancia irregular. Expertos legales en extranjería apuntaban ayer que una de esas razones puede ser que el extranjero carezca de medios de vida lícitos.
Preguntado sobre este asunto, el ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, declaró lacónicamente que el Ejecutivo "acata y cumplirá" la sentencia del Supremo. Fuentes de su departamento no creen que el fallo afecte a las expulsiones de inmigrantes que se vienen realizando hasta ahora, aunque admiten que obligará a modificar sus trámites burocráticos.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
Últimas noticias
Cinco buenas noticias alrededor del mundo que contamos en 2025
La revalorización de las pensiones queda en el aire por la negativa de la derecha a apoyar otras medidas sociales
La carne, el lujo de esta Navidad: el precio del cordero, la ternera y el jamón se disparan
Claves de las ayudas al transporte y del bono único: ¿cuáles son las novedades? ¿Qué descuentos se mantienen?
Lo más visto
- El PP de Almeida vota en contra de dedicarle a Robe Iniesta un centro juvenil porque antes quiere hablarlo con su familia
- Comprobar Lotería de Navidad 2025: consulta la pedrea con la lista de números premiados
- El líder groenlandés responde a Trump: “Groenlandia es nuestro país. Nuestras decisiones se toman aquí”
- Trump anuncia la construcción de un nuevo tipo de buques de guerra que llevarán su nombre: “Serán los más grandes y poderosos de la historia”
- “¿Qué se siente al ser un fracaso?“: cómo la protagonista de ‘Showgirls’ superó la humillación y abrazó la película




























































