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La defensa de los agentes del 'caso Roquetas' alega que "cumplieron con su deber"

El juicio por la muerte del agricultor Juan Martínez Galdeano en el cuartel de la Guardia Civil de Roquetas de Mar (Almería) el 24 de julio de 2005 quedó ayer visto para sentencia en la Audiencia de Almería. La defensa de los ocho guardias imputados pidió la absolución de sus defendidos y la eximente completa de "cumplimiento del deber". La Abogacía del Estado defendió la inexistencia de responsabilidad civil alguna "ante la libre voluntad de consumir cocaína" del fallecido. "Este procedimiento llega tarde. Ya hemos sido condenados. Por eso es preciso la libre absolución", concluyó el letrado de los guardias, Gustavo Arduán.

La acusación popular, ejercida por Jaime Sanz en representación de la Asociación Pro Derechos Humanos, se limitó a pedir siete años y tres meses de prisión para el teniente José Manuel Rivas, y seis años y tres meses para el resto de los guardias imputados; más 80.000 euros de indemnización para la viuda y 15.000 para el hijo del fallecido.

La acusación popular añadió una variante al solicitar, además, para el principal imputado, el teniente José Manuel Rivas, un delito de torturas que ni siquiera ha sido objeto de acusación por ninguna de las partes. "Él le dice a sus compañeros que se retiren, que se aparten. No baja con ánimo de ayudarles. Él ya dijo en el Juzgado de Instrucción que vio desde la ventana de la cocina de su casa cómo Galdeano golpeó la mano de María José. Y dice que las lesiones que le pudo hacer eran menores que las que sus hombres tenían. El ánimo con el que actúa el señor Rivas en ese momento es el de castigar y ése es el elemento subjetivo para determinar el delito de torturas", expuso Bremond.

"Venganza pública"

La defensa cuestionó ante la sala la participación de la acusación popular en la vista oral. "La acusación popular es el ejercicio privado de la venganza pública. Su introducción en cualquier proceso no puede ser incluida alegremente en ejercicio de la tutela judicial efectiva. No entendemos la presencia de la acusación popular en este juicio", recriminó.

Arduán insistió en que Galdeano murió por el delirio agitado que sufrió tras consumir cocaína, motivo por el que pidió que decayera el delito por imprudencia. Igualmente, negó que exista un presunto delito de lesiones ya que, pese a ser aparatosas, "no son lesivas, agresivas ni persistentes en el tiempo". Tildó de "elucubración mental" el delito de torturas imputado a Rivas por la acusación popular: "El contexto no apunta a que la intencionalidad fuera de castigo", esgrimió. Arduán también negó que existiera un atentado contra la integridad moral del agricultor grave o leve, "ya que no existió la más mínima intención de causar trato vejatorio al individuo".

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La presidenta de la sala, Társila Martínez, anunció que la sentencia se leerá en sesión pública.

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