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El Supremo confirma el embargo de los bienes y sociedades de los Charlines

El último peritaje de 1995 cifraba el patrimonio del clan en 5.000 millones de pesetas

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha elevado a firma la sentencia que decretó el embargo de todos los bienes incautados a la familia Charlín por la Audiencia Nacional, hace ahora cuatro años. Se trata de un extenso activo patrimonial que incluye propiedades inmobiliarias en España y Portugal, vehículos de lujo embarcaciones y cuentas bancarias -incuida una en Marruecos- cuyo valor deberá ser actualizado. El juez instructor de esta causa, Baltasar Garzón, ordenó el peritaje de los bienes en 1995 que entonces se estimó en torno a los 30 millones de euros.

La sentencia del alto Tribunal viene a confirmar una de las mayores operaciones contra el blanqueo de dinero que ha logrado despojar al más extenso clan gallego de la droga del enorme entramado financiero que tejieron en torno al tráfico de cocaína y del hachis. Además de arrebatarles todo su patrimonio, las condenas contra la organización que vertebró desde finales de los años 80 Manuel Charlín y en la que reclutó a todos sus hijos, suman 100 años de prisión. Las multas e indemnizaciones superan los 20 millones de euros.

A Manuel Charlín, al que la Sala señala como el "dirigente intelectual" del blanqueo de dinero, la sentencia le rebaja la condena de 15 a 13 años al liberarlo de uno de los tres delitos fiscales. Su mujer, Josefa Pomares, sale peor parada ya que el fallo confirma para ella la condena de 15 años, al igual que las de sus hijos Josefa y Óscar, de 8 años, y la de 6 para Manuel y Adelaida. Teresa Charlín fue absuelta. El fallo rebaja a dos años la pena de otros testaferros como Carolina Outón Caamaño y José Luis Lizabe Moldes, y la del abogado José Luis Piñeiro.

El comiso sólo se acuerda para los bienes patrimoniales obtenidos después de 1990. Para los anteriores a esa fecha la sala ordena su embargo. Entre las posesiones hay 15 sociedades, más de 30 propiedades, entre fincas y edificios de viviendas en España y Portugal, lotería premiada, pagarés del tesoro, así como 9 mejilloneras, 13 vehículos, dos embarcaciones de recreo y 44 cuentas bancarias intervenidas, una de ellas localizada en el Banco Marroquí de Comercio Exterior.

Respecto a la procedencia del dinero, la Sala dice que "no es necesaria una prueba directa (algo prácticamente imposible), siendo suficiente para condenar por esta clase de delitos la concurrencia del incremento inusual del patrimonio, la inexistencia de negocios lícitos que lo justifiquen y la constatación de algún vínculo o conexión con actividades de tráfico de estupefacientes". Sólo en boletos de lotería y quinielas premiadas la familia obtuvo más de 300 millones de pesetas entre 1992 y 1995.

El fallo no deja dudas de que "el dinero y los bienes proceden de la familia Charlín, cuyos integrantes están ligados por matrimonio o vínculo análogo y están relacionados con la comarca de Arousa, por su nacimiento, residencia, o trabajo y que, por consiguiente, conocían la procedencia del dinero que estaban manejando".

En cuanto al derecho a un proceso con todas las garantías esgrimido por la defensa de los procesados para recurrir en casación, la Sala responde que el hecho de que no estuvieran presentes en los registros de algunas de sus empresas no es un derecho fundamental puesto que no es un domicilio particular, y "no hay la incidencia de la intimidad". También rechaza las afirmaciones de que el juzgado de Garzón estaba contaminado porque hubiera instruido antes hechos que luego se desglosaron en varios sumarios.

En cuanto a Josefa Charlín, que alegó el derecho a su presunción de inocencia, señala la sentencia: "Esta señora también tuvo intervención en otras muchas operaciones de blanqueo, así como en la adquisición de pagarés en once ocasiones por más de 50 millones de pesetas en un año. Es una de las protagonistas de esta trama organizada y por ello viene condenada como jefe por la Audiencia Nacional".

Conocimiento necesario

En otro párrafo, el fallo refuta la argumentación de Charlín de que durante su estancia en prisión no le era "materialmente posible" cometer estos delitos. "Hubo manifestaciones de testigos que dijeron haber consultado a este señor sobre lo que tenían que hacer para determinadas decisiones y por ello tenía el deber de declarar a Hacienda, aunque se cuidó de no figurar como titular delos bienes", señala el Supremo.

La Sala también alude "al conocimiento que necesariamente tuvo que existir en la comarca de Arousa de la implicación de diferentes miembros de la familia Charlín y del grave escándalo que se produjo entre su población, dada la sensibilización de toda la zona ante los problemas que para muchas familias acarrea la cada vez mayor difusión del consumo de estupefacientes. Este conjunto de cosas nos lleva a la conclusión de que todos conocían esa procedencia concreta del tráfico de drogas que se estaba manejando".

Y concluye la sentencia: "En cada uno de los condenados aparecen actos de participación consistentes en la conversión de dinero procedente del narcotráfico en bienes de otra clase con el objeto de ayudar en tales operaciones que habrían de servir para ocultar el origen ilícito de ese dinero".

Una gerente analfabeta

La matriarca del clan de los Charlines, Josefa Pomares, siempre alegó que apenas sabía leer ni escribir, que trabajaba como otra empleada del negocio familiar vendiendo pescado, además de realizar sus tareas como ama de casa, y así lo recoge la sentencia.

El Tribunal Supremo, auque no duda de su analfabetismo, asegura que su poca formación cultural no le ha impedido ser la gerente de la conservera Charpo, participar en numerosas operaciones de blanqueo y ocultar a la Hacienda Púbica los beneficios de la sociedad.

La mujer de Charlín también adquirió pagarés del Tesoro entre 1989 y 1991 por valor de 56 millones de pesetas, pero en 1993 se olvidó de hacer la declaración de la renta y pagar lo que le hubiera correspondido, 30 millones de pesetas, según los cálculos de Hacienda. Además, Josefa Pomares se quedó con 24 participaciones premiadas de lotería por un montante de 57 millones de pesetas.

Para realizar el fraude a Hacienda se valió de testaferros y personas interpuestas con el objeto de evitar que se le pudiera atribuir la titularidad de los ingresos no declarados.

A nombre de Josefa Pomares también figura una vivienda en Vilanova de Arousa y tres fincas rústicas, una de ellas en el ayuntamiento de Córdoba. La sala confirma a la mujer de Manuel Charlín como autora de un delito continuado de blanqueo de bienes procedente del tráfico de drogas y su pertenencia a esta organización, una de las más activas que han existido en Arousa.

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