La Audiencia mantiene el juicio contra Otegi previsto para hoy
La Audiencia Nacional resolvió ayer mantener el juicio previsto para hoy contra el portavoz de la ilegalizada Batasuna, Arnaldo Otegi, por un delito de enaltecimiento del terrorismo, cometido en julio de 2001. El proceso sólo se dirige contra Otegi y no contra los otros acusados, Jon Salaberria y Araitz Zubimendi.
La sección cuarta de la Sala de lo Penal, encargada de celebrar este juicio, reiteró su decisión de juzgar sólo a Otegi hoy mismo, por el homenaje a la etarra Olaia Castresana, muerta al manipular una bomba, en un auto en el que desestima el recurso de súplica interpuesto el pasado día 12 por la defensa de Salaberria, al que el pasado día 14 el tribunal declaró en rebeldía.
Aunque la Sala no contesta al recurso que el lunes pasado interpuso la fiscalía pidiendo la suspensión del juicio mientras se aclara la situación Salaberria y Zubimendi, quienes quedaron absueltos por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), la Audiencia adelanta que "el señalamiento del juicio se ha realizado para enjuiciar los hechos que se imputan a Otegi".
La decisión de apartar a Zubimendi de este proceso la ha adoptado la Sala después de que el (TSJPV) -que la juzgó por estos mismos hechos en un procedimiento aparte después de haber juzgado a Salaberria y Otegi- ya ha remitido la sentencia por la que fue absuelta y que resultó firme al no ser recurrida.
"El juicio", añade el auto de la Audiencia, "tampoco se celebrará con respecto a Salaberria, a quien se ha declarado en rebeldía; a menos que comparezca voluntariamente al llamamiento judicial" que se le realizó y al que no contestó. Este dirigente de la izquierda abertzale permanece huido desde 2005 tras ser procesado en la causa en la que el juez Baltasar Garzón investiga la sumisión de Batasuna a la banda terrorista ETA.
Imparcialidad del tribunal
El fiscal jefe de la Audiencia, Javier Zaragoza, planteó el lunes la suspensión del juicio con el objeto de "aportar nuevos elementos de prueba" para "un mejor y más adecuado enjuiciamiento de los hechos". En su escrito aseguraba que, de no permitírselo la Sala, "la neutralidad e imparcialidad del tribunal para resolver el proceso quedaría seriamente comprometida".
Aunque el auto de la Audiencia no responde directamente al recurso del fiscal, la sección cuarta afirma que "no necesita practicar ninguna prueba complementaria a fin de precisar cuáles sean las personas que deben acudir al juicio".
El TSJPV juzgó a Otegi y Salaberria cuando ambos aún eran parlamentarios autonómicos. El portavoz de la ilegalizada Batasuna fue condenado a 15 meses de cárcel y Salaberria resultó absuelto.
El Supremo anuló aquel juicio y ordenó la repetición de la vista oral ante la aparente parcialidad del tribunal que juzgó a Otegi, y, al haber perdido ya entonces su condición de aforado, acordó que el proceso se celebrara en la Audiencia Nacional por tratarse de un delito de terrorismo.
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