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El número de divorcios ha crecido un 152% desde 2002

El número de divorcios registrados en el País Vasco ha aumentado desde la entrada en vigor en 2005 de la nueva ley que simplifica sus trámites, en detrimento de las separaciones, que han ido disminuyendo, sobre todo en los últimos dos años. Un informe coordinado por la Dirección de Relaciones con la Administración de Justicia precisa que entre 2002 y 2006, y especialmente en los dos últimos años, el número de separaciones disminuyó un 87%, mientras que los divorcios se incrementaron un 152%.

El Departamento de Justicia, del que depende dicha dirección, explica que los trámites para la obtención del divorcio se han simplificado notablemente tras entrar en vigor la ley 15/2005, que modifica el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio.

Hasta la entrada en vigor de la ley, el 60% de los asuntos correspondía a separaciones y el 40% restante, a divorcios. Esta tendencia se invirtió el año pasado, cuando el porcentaje de separaciones alcanzó sólo el 7,3% y el de los divorcios supuso más del 92% de los asuntos".

La consejería destaca que se está haciendo uso de la posibilidad que ofrece la nueva ley de evitar la separación como paso previo al divorcio. Desde 2002 se registra una leve tendencia a disminuir el mutuo acuerdo, aunque sigue siendo el proceso de mayor representatividad, pues supuso el 66,2% de los asuntos en 2006 (71,3% en 2002). Por contra, los procesos contenciosos -separaciones y divorcios- crecen y han pasado de representar el 28,7% de los asuntos registrados al inicio del estudio a casi un 33,7% en 2005.

17.550 procedimientos

Según los datos del Gobierno, en el quinquenio 2002-2006 ingresaron 30.906 procedimientos en los juzgados de Familia, de los que un 56,7% -17.550- correspondieron a divorcios y separaciones, tanto contenciosos como de mutuo acuerdo.

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Un 30,3% de esa última cifra -5.333- se convirtieron en ejecuciones forzosas, es decir, que en casi uno de cada tres procedimientos de divorcio o separación se produjo un incumplimiento de las medidas que motivó que una de las partes reclamase la ejecución forzosa.

Entre las principales novedades de la ley figuran la modificación de los plazos, ya que ahora sólo es necesario que transcurran tres meses desde la celebración del matrimonio para poder pedir la separación o el divorcio. Este plazo, sin embargo, no es necesario en el caso de que se acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física o moral o la libertad del cónyuge demandante, o de los hijos de ambos.

Basta la iniciativa de uno de los cónyuges para poder solicitar el divorcio, sin que los jueces puedan rechazar la solicitud. La ley fija además la obligación del Estado de crear un fondo para garantizar el pago de alimentos reconocidos e impagados a favor de los hijos menores de edad.

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