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La Consellería de Medio Rural gestionará el banco de tierras a través de una nueva empresa pública

La Consellería de Medio Rural gestionará el futuro banco de tierras de la comunidad gallega a través de una sociedad anónima pública que se llamará Banco de Terras de Galicia (Bantegal). La nueva empresa, según las previsiones de la Xunta, tendrá como función la gestión e intermediación para el arrendamiento de las fincas que constituyen el fondo de tierras y estará obligada a realizar los trabajos que se le encomienden, especialmente aquellas que sean urgentes o se le ordenen como consecuencia de situaciones de emergencia. Sus funciones incluyen también facilitar el acceso a la tierra de las explotaciones que quieran incrementar su base territorial y facilitar la gestión a los propietarios que quieren arrendar sus tierras.

El proyecto de Ley de Conservación de la Superficie Agraria útil y del Banco de Tierras de Galicia que creará esta nueva empresa fue remitido ayer al Parlamento por el Consello de la Xunta. El presidente de la Xunta, Emilio Pérez Touriño, justificó la creación del banco de tierras como en la necesidad de actuar sobre uno de elementos "más rígidos e inhabilitantes del desarrollo agrario". Según sus datos, los cultivos ocupan en Galicia apenas el 26% de la superficie agraria útil, prácticamente la mitad que en el conjunto de Europa.

Touriño explicó que la nueva ley sigue el modelo francés de movilización de fincas. Bantegal estimulará el arrendamiento de tierras sin tocar la propiedad y las cederá en alquiler a los titulares de explotaciones que las necesiten. Este mismo año Medio Rural confía en incorporar al banco de tierras unas 5.000 hectáreas de terreno agrario útil.

El proyecto de ley, que deberá ser debatido ahora en el Parlamento, recoge sanciones en forma de gravamen para los supuestos de incumplimiento de los mecanismos de incorporación de tierras a Bantegal. Laas sanciones van desde los 600 euros previstos para las sanciones leves a los 6.000 en el caso de las infracciones calificadas como muy graves.

La ley incluye la posibilidad de que los terrenos sin cultivar y abandonados sean incorporados al banco de tierras. Para ello será necesario que estén situados en zonas de especial interés agrario y que se trate de predios incultos, abandonados o en situación de abandono. El propietario de los terrenos que se hallen en esta situación podrá elegir entre entregarlos a Bantegal, llevar a cabo una agricultura de conservación o arrendar la propiedad.

En los contratos figurará el plazo de la cesión, que no podrá ser superior a los 30 años, y las condiciones en que se produce. Las que superen los cinco años deberán contar la autorización expresa del propietario.

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