64 años de pena por la muerte de Jenny Lara y dos de sus hijos
La Audiencia condena al ex marido y padre de las víctimas
La Audiencia de Valencia ha aceptado el relato de los hechos que presentó la fiscal en el juicio y ha condenado a Ismael Pablo Rodríguez a 64 años de prisión por la muerte de su ex pareja, Jenny Lara, y dos de los hijos que tuvieron en común, Keit, de siete años, y Carmen, de cinco años el 30 de abril de 2003. Los tres murieron abrasados en el incendio que se registró en su vivienda después de que alguien, para el tribunal Ismael Pablo, arrojara gasolina por debajo de la puerta y prendiera fuego.
No hay testigos de los hechos. Nadie vio a Ismael Pablo Rodríguez, de 51 años, comprar la gasolina o transportarla de la que tenía en su casa para las motocicletas. Nadie le vio entrar de madrugada en la finca de la calle de Juan XXIII de Alzira en el que vivían Jenny Lara y sus dos hijos pequeños. El mayor, de 12 años cuando ocurrieron los hechos, vivía con el procesado. Nadie le vio tirar la gasolina ni prender fuego. Y solo dos personas, con testimonios dispares, dijeron haberle visto a una hora cercana al suceso cerca de la vivienda. Pero para el tribunal, presidido por Pedro Castellano, al igual que para la fiscal, Socorro Zaragozá, fue él.
Por ello, la Audiencia de Valencia le ha condenado a 64 años de prisión: tres delitos de asesinato, uno de asesinato en grado de tentativa (la noche de los hechos un amigo de Jenny Lara dormía en la casa y sobrevivió prácticamente sin heridas al incendio) y uno de quebrantamiento de medida de alejamiento (dictada contra él meses antes).
El tribunal considera que el acusado esperó a que las víctimas estuvieran durmiendo para verter gasolina por debajo de la puerta de entrada y prenderle fuego, consciente de que con ello "bloqueaba la única vía de escape". El tribunal admite que no hay testigos directos pero sí que existen numerosas pruebas "indiciarias" para condenar. Sobre las 22.00 del 29 de abril de 2004, el procesado acompañó al hijo mayor de ambos, que se encontraba bajo su custodia, a visitar a su madre, quien residía en la calle Juan XXIII de la citada población, relata el fallo. Al concluir la visita, el menor comentó a su padre que había "una persona que no conocía" en la casa -un amigo de Jenny-, y entonces éste llamó al telefonillo y comenzó a increparla. La mujer llamó a emergencias y la policía estuvo allí. A las 4.00 del día siguiente, Ismael Pablo regresó al domicilio con "una bolsa de gasolina" y accedió al edificio con las llaves que tenía su hijo. Una vez dentro, se situó en la puerta de entrada a la vivienda, arrojó la gasolina por debajo y prendió fuego. Se produjo un rápido incendio que afectó primero a habitación donde dormían Jenny y sus dos hijos. El amigo de la mujer, que dormía en la sala de estar intentó socorrerles tratando de desplazar "un gran sillón que se encontraba en la puerta de la habitación", pero finalmente los tres fallecieron calcinados. Una hora más tarde, la policía detuvo en su casa a Ismael Pablo, que ya tenía la maleta hecha y dijo que "sabía que se iba a Picassent". Según el tribunal, Ismael Pablo "es la única persona a la que se le ha probado la existencia de un móvil o causa reactiva inmediatamente anterior al suceso". La sentencia indica que las numerosas desavenencias entre la pareja, el "enorme enfado del acusado al saber que Jenny estaba con un amigo, y en definitiva la pura lógica del sentimiento humano primitivo, llevan a la conclusión de que sufrió una profunda irritación que focalizó contra la mujer".
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