Los afectados tienen derecho al reembolso del billete y compensaciones de hasta 600 euros
Aviación Civil debe vigilar que Air Madrid atiende las reclamaciones que se presenten
A los miles de pasajeros de Air Madrid que se van a quedar sin volar les queda, al menos, el consuelo de la queja. El reglamento europeo establece que los afectados por la cancelación de un vuelo tienen derecho a que se les busque un transporte alternativo y, si no es posible, la aerolínea les tiene que devolver el importe íntegro del billete. Además, el cliente puede reclamar de forma automática una indemnización de hasta 600 euros. Los afectados tienen que dirigirse a Air Madrid para exigir su dinero y Aviación Civil, dependiente del Ministerio de Fomento, tiene la obligación de vigilar que la compañía cumple.
Los afectados pueden presentar una reclamación ante Air Madrid (91 201 60 40 y 902 51 52 51) y también ante Aviación Civil. Si no logran contactar con la compañía, pueden llamar a los números del Ministerio de Fomento (902 36 01 38, para llamadas nacionales, y 34-954 58 96 41 para llamadas internacionales). En su comunicado de ayer, la compañía afirmaba que la relación de los pasajeros ha sido "facilitada a la Dirección General de Aviación Civil, que deberá adoptar las medidas que considere convenientes". Según el reglamento europeo que rige los derechos de los pasajeros de transporte aéreo (el número 261/2004), la responsable es la empresa, si bien Fomento tiene la obligación de vigilar que la norma se aplique.
La norma está bien clara (se puede consultar en www.mfom.es, la web de Fomento). Todos los pasajeros que sufren una cancelación tienen derecho de forma automática a exigir una compensación. Éstas se fijan en función de la distancia del trayecto (suma de la ida y la vuelta): 250 euros en vuelos de hasta 1.500 kilómetros; 400 euros para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros, y 600 euros el resto de vuelos.
Además, el pasajero tiene derecho a que la compañía le proporcione un transporte alternativo en las mismas condiciones que el que compró. Si no es posible, o no le conviene al usuario, la compañía debe reembolsarle la totalidad del dinero del billete al precio al que se compró en el plazo de siete días (metálico, cheque o transferencia bancaria). Los que necesiten hotel -los 120.000 pasajeros que Air Madrid dice que están con medio tramo hecho- tienen derecho a que sea gratuito. El pasajero también puede reclamar a la aerolínea una compensación adicional por los daños y perjuicios que les ha ocasionado la cancelación.
Fuerza mayor
Sólo si la compañía puede demostrar que canceló el vuelo porque no tenía más remedio, se verá liberada de parte de su responsabilidad. Fuentes consultadas del sector afirman que esto sólo es aplicable en casos extremos e imprevisibles, como un huracán, aunque este punto es interpretable, porque Air Madrid afirmaba ayer que el responsable es Fomento.
Sea como sea, todas las reclamaciones tienen que dirigirse a la compañía, aunque el billete se haya comprado en una agencia de viajes. No existe un plazo para que ésta responda. Los afectados deben estar pendientes de cualquier decisión que tome Fomento al respecto, sobre todo si la compañía se niega a devolver el dinero a los perjudicados. El reglamento establece que el responsable es la aerolínea, pero también dice que cada Estado designará un organismo responsable del cumplimiento de la normativa, que en este caso es Aviación Civil. "Cuando proceda, este organismo adoptará las medidas necesarias para garantizar el respeto de los derechos de los pasajeros", dice el reglamento.
De forma paralela se puede acudir a los tribunales, como sucede en muchos casos. En este sentido, la OCU presentó ayer una denuncia ante el juzgado de guardia para pedir que se investigue si ha habido un presunto delito de estafa por parte de Air Madrid, que vendió billetes hasta última hora.
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