200 vecinos de Cullera pierden vistas al mar por un edificio ilegal
La justicia decidirá si derriba un bloque de viviendas que vulneró las normas urbanísticas
El Tribunal Supremo ha condenó al Ayuntamiento de Cullera (Valencia) y a la promotora Florazar SA a resarcir a la comunidad de propietarios de Casa d'Anna por la pérdida de vistas al mar que han sufrido al construirse otro bloque de apartamentos vulnerando las normas urbanísticas. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Valencia decidirá si derriba el edificio o indemniza a los vecinos. El vicepresidente de la comunidad afectada, José Luís Darás, ha evaluado en más de 10 millones de euros las indemnizaciones.
Una modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) aprobada en 1997 por el pleno municipal -con el apoyo del PP, que encabeza el equipo de Gobierno, junto con Unió Valenciana y dos partidos locales- permitió cambiar las condiciones de construcción de la parcela situada entre las viviendas perjudicadas. Los socialistas votaron en contra. La modificación permitió que el nuevo edificio ganara unas vistas al mar que no tenía en el proyecto inicial. El cambio redujo la panorámica de los vecinos de Casa d'Anna, situados detrás. Los propietarios pidieron entonces al ayuntamiento que no autorizara la modificación.
La sentencia favorable a los 198 propietarios llegó tres años después de que el Tribunal Superior valenciano desestimara el recurso contra el citado acuerdo plenario. Los vecinos recurrieran al Supremo, que en mayo de 2005 les dio la razón y condenó al ayuntamiento y a la promotora. Darás asegura que el Ayuntamiento y Florazar firmaron un acuerdo en el que la empresa se comprometía a hacerse cargo de los costes que supusiera un fallo favorable a los vecinos perjudicados. Algo que, según el representante de los vecinos, "es una forma de reconocer que el cambio que se autoriza podría implicar problemas legales".
La sentencia, según el vicepresidente de los vecinos, "hace una ligera alusión a la posibilidad de derribar el bloque de pisos", pero también reconoce que esta medida supondría un agravio para los propietarios del nuevo edificio, que no son responsables. El Tribunal Superior valenciano deberá elegir entre el derribo o la compensación económica para que se ejecute la condena.
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