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Iberia, condenada a indemnizar a un pasajero por daños morales

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao ha condenado a pagar a un pasajero 517 euros, 250 de ellos por daños morales, por la cancelación de su vuelo sin que la compañía le comunicara las causas. Se trata de la primera sentencia contra líneas aéreas en la que se contemplan daños morales individualizados por "la perturbación personal" que padeció el usuario, según informó la Unión de Consumidores de Euskadi (UCE).

La UCE de Vizcaya, que defendió al afectado, considera que la resolución judicial "sienta un precedente que debe provocar el cambio de actitud que las compañías aéreas mantenían hasta el momento, poniendo todo tipo de trabas para indemnizar a los usuarios".

La sentencia señala que G. D. G. tenía previsto regresar de Málaga a Bilbao en un vuelo de Iberia el 28 de junio de 2005 y la compañía aérea lo canceló sin ofrecer las oportunas explicaciones a sus clientes ni informarles sobre los derechos que asisten a los pasajeros que se ven inmersos en tales circunstancias.

En esta línea, explica que la única alternativa que les ofreció fue embarcar en un avión que saldría 24 horas después. Las reclamaciones que realizó este pasajero para obtener una indemnización por la situación padecida, tanto a nivel individual como a través de la UCE, no fueron atendidas.

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