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El proceso para el fin del terrorismo

El Supremo exige dar audiencia para acreditar el título de propiedad

La propuesta del abogado del Estado discurre en paralelo con la de la Fiscalía General del Estado y, según fuentes judiciales, coincide con la jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de titularidad registral de bienes y derechos embargados.

Incluso en casos de bienes incautados a narcotraficantes y sociedades instrumentales destinadas al blanqueo de capitales procedentes del tráfico de narcóticos, la jurisprudencia contempla los tramites de audiencia a testaferros para que formulen alegaciones sobre la titularidad de los bienes.

Por activa o por pasiva, se trata de la misma propuesta formulada por el teniente fiscal del Tribunal Supremo en su escrito a la Sala Especial. No se trata de poner en duda la vinculación de las herriko taberna con Batasuna, sino de cumplir las formalidades para no causar indefensión al aparente propietario que pudiera no estar vinculado al partido ilegalizado.

Se trata, pues, de cumplir los principios de "audiencia, contradicción y defensa" oyendo previamente a los que figuran como directivos o cargos representativos o propietarios de herriko taberna y sociedades culturales.

Entretanto, como dijo el fiscal, los informes de los peritos, por muy documentados que estén, no tienen capacidad para atribuir o negar la existencia de un título de propiedad, ni eximen de demostrar la conexión entre la titularidad aparente de las herriko y la real con Batasuna.

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