_
_
_
_

El Consejo Fiscal propondrá hoy al Gobierno modificaciones en la reforma del Código Penal

El informe apoya que no se expulse obligatoriamente a los inmigrantes condenados a menos de seis años

El Consejo Fiscal estudiará hoy la reforma del Código Penal impulsada por el Gobierno para, entre otras cuestiones, castigar con más dureza la criminalidad organizada, eliminar la expulsión obligatoria de inmigrantes condenados a penas inferiores a seis años de cárcel o aumentar el castigo para las infracciones de tráfico. La Secretaría Técnica de la Fiscalía del Estado ha elaborado un extenso informe que apoya la reforma en su conjunto y el capítulo dedicado a los inmigrantes delincuentes, y plantea numerosas modificaciones para perfilar mejor los nuevos tipos penales y evitar confusiones a la hora de interpretarlos.

Más información
De las penas por conducción temeraria y las tasas de alcohol

Una de las principales reformas que pretende introducir el Gobierno es el tratamiento de los extranjeros indocumentados condenados a penas inferiores a seis años de prisión, que debían ser expulsados automáticamente del país tras una reforma legal del Gobierno del PP en 2003. Algunos expertos consideraron esa norma discriminatoria respecto a los delincuentes nacionales por dejar el delito sin castigar. La reforma otorga al juez la posibilidad de optar entre la expulsión del delincuente o el cumplimiento de la pena de cárcel.

El informe que analizará hoy el Consejo Fiscal recuerda que la rigidez de la expulsión imperativa introducida por la reforma de 2003 fue "rebasada ampliamente por la jurisprudencia" que advirtió de los resultados contrarios a la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que podrían derivarse de no tener en cuenta las circunstancias personales que pudieran concurrir en el penado. "La ampliación de la capacidad de decisión del juez penal introducida en el anteproyecto no puede sino ser valorada positivamente", señala el informe.

Dispersión de criterios

La Fiscalía propone al legislador que incorpore "parámetros que pudieran servir de guía u orientación a la hora de tomar la trascendental decisión de sustituir pena por expulsión o no hacerlo" porque, al delegar en el juez la decisión de manera absoluta, puede llegarse en la práctica a una total dispersión de criterios y a la desigualdad de trato en casos análogos. Por eso, el informe propone "motivar la decisión adoptada, tanto si es contraria a la sustitución como si es favorable".

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

El proyecto introduce también el tipo penal de la "asociación para delinquir", a fin de que quienes cometan un delito a través de una de estas organizaciones criminales o con su colaboración sufrirán una doble sanción: por el delito concreto cometido y además por estar vinculado a una organización criminal en grado de dirigente, integrante o colaborador, podrán ser castigados hasta con nueve años de prisión. La Fiscalía entiende que la nueva redacción del artículo 129 "no ha sido acompañada de las oportunas previsiones en los preceptos de la parte especial, por lo que su efectiva aplicación será muy reducida", salvo que en el proyecto definitivo se especifique a qué delitos cabe aplicarla.

La reforma aborda además las agresiones y abusos sexuales a menores sancionando más gravemente (de tres a cinco años de cárcel) los cometidos sobre menores de 13 años por actuaciones de organizaciones delictivas. Determinados delitos graves que tengan a los menores como objeto, como la tentativa de homicidio, las lesiones o los abusos sexuales, no prescribirán hasta que la víctima alcance la mayoría de edad. Contratar servicios sexuales con un menor conllevará un castigo de hasta cinco años de prisión.

La Fiscalía no tiene nada que objetar a esta decisión político-criminal de incrementar la protección penal específica para los menores de 13 años, que por lo demás tiene reflejo en otras modificaciones puntuales de los delitos contra la libertad sexual acometidas en el anteproyecto.

En ese sentido, el informe recuerda que se amplía el artículo 181 del Código Penal estableciendo una pena mayor para los casos de abusos sexuales ejecutados sobre menores de 13 años y cometidos en el marco de una organización delictiva.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_