Un juez obliga al Ayuntamiento de Palos a cesar a los vigilantes que ejercen de Policía Local
El municipio relevó a los agentes y les encomendó tareas de vigilancia de edificios
El juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Huelva ha dictado una sentencia contra el Ayuntamiento de Palos de la Frontera (PP) y favorable al sindicato CSI-CSIF que insta al gobierno local "a cesar en sus funciones a los vigilantes privados que actúan en el término ejerciendo funciones policiales, reservadas a la Policía Local". El fallo añade que "los vigilantes de dicho Ayuntamiento no deben desempeñar las funciones propias del cuerpo y, en consecuencia, deben realizar tareas para las que fueron contratados y vestir el uniforme correcto de conformidad a la normativa legal establecida".
La resolución judicial da la razón al sindicato que el 3 de septiembre de 2004 interpuso un recurso contencioso-administrativo en el que denunciaba que el Ayuntamiento de Palos había contratado a "varias personas (en régimen laboral) para ejecutar labores de vigilantes, pero que finalmente a esos agentes privados se les asignaron funciones propias de la Policía Local para las cuales no estaban habilitados". Contra la sentencia cabe presentar recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en un plazo de 10 días.
El sindicato aportó en su demanda copia de diferentes partes de actuación de la Policía Local y denuncias interpuestas frente a la Delegación del Gobierno y la Junta de Andalucía.
La sentencia se pronuncia también sobre un informe emitido por la Subdelegación del Gobierno en Huelva (que el sindicato incluyó en la demanda como prueba documental) en referencia a un escrito efectuado por la Comandancia de la Guardia Civil con fecha del 17 de junio de 2005, que ponía de manifiesto que el Consistorio "había infringido la ley de coordinación de Policías Locales" por estos hechos.
El juez considera que la actuación de esos vigilantes "quedan fuera del ámbito que les es propio, penetrando de forma clara en el campo específico de la Policía Local, ya que ejercen tareas de regulación del tráfico, corte de calles y acompañamiento de eventos organizados por el Ayuntamiento, así como el mantenimiento del orden público en eventos deportivos y concentración de personas en fiestas y romerías, que constituyen la esencia de las funciones de la policía local".
El informe de la Guardia Civil destacaba el empleo por parte de los vigilantes "de la misma uniformidad que la Policía Local y, sobre todo, del mismo equipo básico (utilización de la misma dotación, vehículos con los anagramas de la policía local, señales de emergencia transmisiones y defensa), circunstancias que ponen de relieve la utilización ilegítima por parte de estos agentes privados de los signos identificativos de la policía local".
El portavoz del sindicato CSI-CSIF en Huelva, Nicolás Orta, saludó ayer la sentencia favorable a la organización sindical. "Nos da la razón sobre unos hechos que veníamos denunciando desde hacía tiempo". Los agentes policiales reseñaron que el alcalde había emprendido una "persecución" contra ellos "obligándoles a realizar turnos de trabajo en lugares apartados y sin utilidad alguna, como un escombrero o la depuradora municipal de aguas, a hacer rondas a pie o quedar sin función, sin argumentos". Por el contrario, las labores propias del cuerpo las efectuaban vigilantes que no cumplían los requisitos legales y que carecían de titulación. Esa situación provocó que toda la plantilla de la Policía Local, formada por 14 agentes, presentara en enero de 2005 una querella contra el alcalde, Carmelo Romero, del PP, en la que le atribuyen cuatro posibles delitos: prevaricación, usurpación pública, contra el derecho de los trabajadores y desobediencia a la justicia.
Nicolás Orta afirmó que el respaldo judicial supone un argumento más para incorporarlo a la querella contra el regidor popular que fue admitida a trámite por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Moguer (Huelva).
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