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Sólo el CNI y la policía judicial podrán pedir datos de las comunicaciones telefónicas

El Poder Judicial elabora un informe favorable a la nueva norma que impulsa el Gobierno

Sólo la policía judicial y los agentes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) podrán pedir, siempre con orden judicial, a las operadoras de telefonía móvil y fija que les cedan los datos de las comunicaciones de sus clientes cuando sean para "investigar, detectar o enjuiciar" un delito. Así lo recoge el anteproyecto de Ley de Conservación de Datos relativos a las Comunicaciones Electrónicas y las Redes Públicas de Comunicación, que el Ejecutivo remitió al Consejo General del Poder Judicial y cuyo contenido avaló ayer el órgano de gobierno de los jueces.

La Comisión de Estudios del Consejo del Poder Judicial, en una ponencia del vocal progresita Luis Aguiar, dio ayer un primer aval al anteproyecto, si bien éste será elevado al próximo pleno del Consejo para, en su caso, su validación definitiva.

El citado texto legal es el resultado de la trasposición a España de una directiva de la Unión Europea, de obligado cumplimiento para los países miembros, cuyo objetivo es luchar contra la delincuencia y el terrorismo. Cuando sea aprobada por las Cortes, esta ley obligará a todas las operadoras telefónicas a guardar y almacenar hasta un máximo de dos años datos de todas las comunicaciones que realicen los usuarios.

Merced a esta norma, la policía judicial y los agentes del CNI podrán saber con detalle datos de llamadas desde teléfonos móviles y fijos: por ejemplo, el número de teléfono que origina la llamada, nombre y dirección del abonado, el número del que la recibe, su nombre y dirección, la duración de la comunicación y el punto geográfico desde el que se realizó la llamada. Pero en ningún caso, según la normativa, el contenido de las comunicaciones. Sólo cabe acceder al contenido de una conversación o correo mediante un auto motivado de un juez.

El citado texto legal afecta también a las comunicaciones vía Internet, dado que ya cabe la posibilidad de hacer una llamada a un teléfono móvil o enviar un correo a través de Internet. Las operadoras también deberán informar de estos detalles: por ejemplo, la dirección IP de un ordenador desde la que se realiza una llamada, así como el momento, duración y hora en que se efectúa y el destinatario. Datos de este tipo fueron decisivos para la detención y localización de algunos de los terroristas del 11-M y permitieron reconstruir los pasos que dieron antes y después de los atentados. Ahora mismo, basta saber el número de un móvil para que la compañía informe desde qué lugar, cuándo y adónde se ha realizado una llamada.

La normativa establece un plazo de 12 meses en el que todas las compañías telefónicas deberán conservar los datos de las comunicaciones de sus clientes. No obstante, el Gobierno, mediante un real decreto, podrá luego ampliar hasta 24 meses el periodo obligatorio de conservación de estos datos. Con esa información, un juez podrá conocer, en el curso de una investigación criminal, desde qué lugar, por ejemplo, hizo un investigado una llamada, a quién se la hizo y en qué hora. La ley también recoge la obligación de identificar a los titulares de móviles con tarjeta de prepago.

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Aunque advierte del peligro de injerencia en la esfera de la intimidad de las personas y de la necesidad de que haya un control estricto de esa información, el Poder Judicial entiende que la adaptación normativa a España de la citada directiva es válida.

La clave del 11-M

Actualmente, las compañías de telefonía móvil y fija registran los datos de conexión y tráfico por motivos comerciales y de facturación. Pero lo hacen por un tiempo medio de tres meses. Cuando se apruebe la nueva ley, tendrán que hacerlo durante al menos 12 meses, aunque cabe que este periodo sea ampliado luego a 24 mediante un real decreto. Se trata de una norma de aplicación intracomunitaria aprobada el 21 de febrero pasado en el Consejo de Ministros de Interior de la Unión Europea. Los atentados terroristas del 7 de julio de 2005 en Londres (56 muertes) impulsaron la redacción de esta directiva.

España fue uno de los países más activos para conseguir la aprobación de la directiva debido al 11-M, donde el seguimiento de las comunicaciones de los teléfonos móviles usados en los atentados fue crucial para desentrañar lo ocurrido.

En España, según los datos de las compañías telefónicas, había el año pasado 39 millones de usuarios de teléfonos móviles, de los que 24 millones utilizan tarjetas prepago.

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