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La juez paraliza las obras del aeropuerto de Castellón que carecen de informe de impacto

El monte de Santa Bárbara, en Vilanova d'Alcolea, está fuera del proyecto aprobado

María Fabra

El Juzgado de Instrucción número cuatro de Castellón ha decretado la "inmediata" paralización de una parte de las obras del aeropuerto de Castellón por carecer de declaración de impacto ambiental. La juez atiende así la denuncia presentada por el Grupo para el Estudio y Conservación de los Espacios Naturales (Gecen) por un presunto delito relativo a la ordenación del territorio, al haber detectado que la concesionaria estaba efectuando trabajos en el monte de Santa Bárbara, en Vilanova d'Alcolea, zona que no está incluida en la declaración de impacto ambiental.

La denuncia de Gecen apunta que el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la localidad considera de utilidad pública el monte Santa Bárbara y lo clasifica como suelo no urbanizable con protección ecológica y paisajística. De esta manera, el juzgado demanda que se requiera a la empresa concesionaria del aeropuerto, Concesiones Aeroportuarias, SL, para que dé cumplimiento inmediato a la paralización, "con apercibimiento de incurrir en delito de desobediencia a la autoridad". Ante la resolución, según el auto, cabe recurso.

Esta decisión judicial eleva a tres las ocasiones en las que un juzgado ha paralizado obras del aeropuerto de Castellón, cuyo promotor es la sociedad pública Aerocas, compuesta por la Generalitat Valenciana y la Diputación de Castellón. En las dos ocasiones anteriores se paralizaron todas las obras que se ejecutaban en aquellos momentos, mientras que, en este caso, la paralización se ha decretado sólo sobre una porción de la superficie que, tal como indica la decisión judicial, no cuenta con la preceptiva declaración de impacto ambiental.

Hace unos días, el juzgado, tras la denuncia presentada por Gecen, instó a la Consejería de Territorio (con competencias en la vigilancia de la adecuación ambiental en las obras) a que verificara si realmente los trabajos se estaban desarrollando de la manera que denunciaban los ecologistas. El mismo auto de paralización recoge que la contestación de Territorio fue que no disponía de "copia del estudio de impacto ambiental porque la evaluación fue realizada, en su día, por el Ministerio de Medio Ambiente", y por ello, explicaba, no puede "contestar si Santa Bárbara está dentro de la declaración de impacto ambiental".

Ante la "inhibición" de Territorio, el juzgado recurrió al ministerio, desde donde el subdirector general de evaluación ambiental "ha informado muy claramente", según recoge el auto, que "el monte de Santa Bárbara está fuera de la zona de actuación".

Por ello, el auto sostiene que es procedente ordenar la paralización de las obras, "ya que en la causa existen indicios suficientes para concluir que dicha zona no está contemplada en la declaración de impacto".

En consecuencia, como no existe un estudio del impacto ambiental que dicha actuación "puede producir en la flora, fauna y riqueza ecológica y paisajística de Santa Bárbara", y en atención a que el monte está clasificado como suelo no urbanizable de especial protección ecológica y paisajística, la juez ha ordenado paralizar las obras.

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