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Obras son amores

El feminismo es una corriente y una línea de pensamiento. Una filosofía y una orientación de vida a partir del hecho real de ser mujer. Según Victoria Sau, es una "toma de conciencia de las mujeres de la opresión de que han sido y son objeto en el seno del patriarcado" y una "acción para la liberación de su sexo".

En el feminismo podrán darse tendencias y enfoques distintos según los propósitos programáticos, pero siempre referidos a la defensa de los derechos de las mujeres. Se podrá actualizar el discurso, amoldarlo a las circunstancias cambiantes de la sociedad. Pero no cabe moldearlo contra su propia esencia, que sería tanto como cambiar de postulado ideológico.

Nunca negaremos el derecho de toda mujer a proclamarse feminista, ni abriremos puertas a la confrontación. Pero puntualizaremos lo que es el feminismo analizando si en cada postulado hay beneficio o perjuicio para las mujeres, hay lo que conecta con su común sentir y lo que, por contra, las desvía hacia el patriarcado.

El Parlamento español aprobó la ley integral contra la Violencia de Género, en respuesta al compromiso adquirido con las víctimas y con las organizaciones feministas que la demandaban como protección de su derecho a la vida y para que abordara todos los aspectos que concurren en la violencia sexista, desde su prevención hasta el resarcimiento a las afectadas. Esto era emprender el camino de la erradicación.

Ni el texto de la ley se ha inscrito en la filosofía del castigo, ni el feminismo va por esos derroteros. Pero no cabe duda de que la proyección punitiva de la ley y el reproche social que la sanción penal lleva consigo ejercen un efecto disuasorio en el ánimo de los presuntos delincuentes. Y ése parece haber sido el principio que ha servido de inspiración a los legisladores. Pues la relativa levedad de las penas establecidas para los casos de agresión a las mujeres, en comparación con otras sanciones previstas -por ejemplo, para lo daños perpetrados por graffitis en el metro-, no permite especular sobre la gravedad del castigo.

Mal servicio pueden prestar a esta causa algunas tribunas desde las que se asevera que las mujeres presentan sus denuncias en falso con fines oportunistas. Es un género gratuito de afirmaciones, que por dañar de modo irreparable a las mujeres, alienta a sus agresores, quienes sintiéndose amparados, llenan de agasajos y premios a quienes divulgan el infundio.

La actual reforma en materia de separación y divorcio no ha eximido de culpa a las parejas de contendientes, por la sencilla razón de que ésta desapareció definitivamente con la implantación del divorcio en 1981 (por cierto, con el asentimiento y colaboración asidua de las asociaciones feministas, junto al entonces ministro de Justicia, Fernández Ordóñez).

Si en el actual debate se ha planteado la estimación de "causas" como fundamento jurídico de la ruptura, ha sido para establecer un criterio valorativo de la responsabilidad en la adopción de los efectos de la sentencia, tales como la atribución de la custodia sobre los hijos; ya que no siendo inocua para los menores la violencia de género, sin embargo, ha sido y continúa siendo invisible en los expedientes judiciales.

La oposición que mostramos contra la custodia compartida se contrae a la perversión que supone considerar a los hijos como "objeto de reparto", en lugar de darles la consideración que les es debida como sujetos de atención prioritaria bajo el principio de la mayor idoneidad para ejercer su cuidado.

Las asociaciones de mujeres ya habían advertido que la custodia compartida iba a ser motivo de presión, de instrumentalización de los hijos y, en definitiva, un obstáculo para las mujeres en su derecho al divorcio, así como moneda de cambio para un acuerdo con pensiones más bajas, venta y reparto del domicilio familiar, etcétera. Augurios que se están cumpliendo con creces.

La práctica diaria muestra cómo se va desbaratando el panorama idílico con que se presentó la innovación de la custodia compartida: quienes solicitan esta modalidad de custodia son en su mayoría los agresores; ya que en toda relación civilizada la pareja llega a acuerdos razonables en términos de igualdad. Donde la norma legal es innecesaria.

Estudios estadísticos, como el realizado por la Coordinadora Estatal de Mujeres Abogadas sobre 1.000 sentencias de los años2002-2004, demuestran que si las mujeres han conservado casi en exclusiva la custodia de sus hijos se ha debido a la abstención de los padres en una mayoría del 92%, tanto en procedimiento contendido como de mutuo acuerdo.

Por lo demás, las pensiones que percibían las mujeres para alimentos de sus hijos se han llamado de "supervivencia" por puro eufemismo. Las pensiones compensatorias son minoritarias y con tendencia a reducir el tiempo de su vigencia; siendo también del dominio común que colectivos como los de mujeres separadas o divorciadas o de madres solteras se clasifican como grupos en el umbral de la pobreza en los estudios realizados por el Banco Mundial, Consejo Económico y Social o Cáritas Diocesana.

Por otra parte, en relación con la prostitución, las Naciones Unidas afirman: "La prostitución y la trata de personas para fines de prostitución son incompatibles con la dignidad y el valor de la persona humana". La negativa del Instituto de la Mujer a calificar de "trabajo" el acceso por dinero al cuerpo de una mujer es acorde con la resolución de la Subcomisión de Derechos Humanos 2002/27, que preconiza: "Instar a los Estados a que se aseguren de que sus políticas y leyes no legitimen la prostitución considerándola una opción de trabajo de las víctimas". Según las estadísticas, son extranjeras procedentes de la trata entre el 90% y el 95% de las mujeres atrapadas en la prostitución, pero los empresarios de locales de alterne piden que se la considere un trabajo y se den cupos para importar mujeres del Tercer Mundo para sus prostíbulos. ¿Quién puede considerarlo un trabajo? ¿Quién lo querría para un ser querido?

Desde que Simone de Beauvoir definió al género como "lo que la humanidad ha hecho con la hembra humana", no puede dejar de admitirse como cuestión de "género" el compendio de todos los factores que inciden y favorecen la discriminación de la mujer, su invisibilidad en la Historia y el control, dominio y violencia que soporta en función del sexo a que está adscrita. Es el hecho de pertenecer al género femenino o al masculino lo que justifica, refuerza y consolida las estructuras del sistema patriarcal. Es el sistema ideológico mismo, como realización cultural, lo que está establecido sobre la base de su interpretación sexista. El impulso de dominio masculino no es una cuestión biológica, sino la apropiación que el género masculino se ha atribuido culturalmente por asociar dicha propiedad con la virilidad como valor supremo.

Ciertos eslóganes, tan próximos al discurso de los agresores de la mujer, resultan incompatibles con la realidad. Aunque lejos de sostener el binomio reduccionista "mujeres víctimas-hombres dominadores", no se nos negará el propósito de sanear las relaciones de convivencia entre hombres y mujeres, para su desarrollo en pie de igualdad. Ese objetivo no se alcanzará si no se acaba primero con las conductas opresoras y violentas.

Estamos acostumbradas a que se niegue la realidad de desequilibrio que sufren las mujeres. Así ha sido históricamente, así lo continúa siendo actualmente de forma directa o indirecta. Pero por muy variopinto que se muestre ese discurso y por mucha modernidad que aparente, obras son amores y cada uno/a juzgará a quién beneficia cada argumento.

(*) Ana María Pérez del Campo, presidenta de la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas, y 260 firmas más.

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