Estatuto de tercera generación
El nuevo Estatuto es por fin el Estatuto de los valencianos. Un Estatuto debatido, negociado y acordado en las Cortes Valencianas antes y después de la aprobación reservada a las Cortes españolas. A diferencia del Estatuto de 1982, la carta magna que acabamos de darnos los valencianos y valencianas, rompe con un lastre que ha acompañado a aquel, como era la sensación de que nos habíamos quedado un escalón por debajo de las nacionalidades eufemísticamente llamadas "históricas". Esa diferencia cualitativa nos obligaba a un esfuerzo suplementario. Con el nuevo Estatuto se abandona la secundarización y nos situamos donde siempre debíamos haber estado.
Los parlamentos, el valenciano y el español, han ejercido su soberanía en un momento en que cabe separar muy nítidamente lo que son esperanzas o expectativas de lo que son resultados palpables. El Estatuto valenciano es una realidad que nos garantiza un futuro de solidaridad con el resto de comunidades autónomas. Refuerza nuestra capacidad de autogobernarnos al asumir la capacidad de disolver las Cortes y fortalece la capacidad del Presidente del Consell para ordenar y organizar el gobierno de todos los valencianos. El nuevo Estatuto sitúa, además, en la parrilla de salida un paquete legislativo de futuro, de carácter social e histórico, hace un explícito reconocimiento de instituciones surgidas a lo largo de estos años de gobierno popular como es el caso de la Acadèmia Valenciana de la Llengua, e incorpora derechos básicos de ciudadanía como es la renta mínima. La gran mayoría de los valencianos y valencianas hemos apostado por un Estatuto de largo alcance con el horizonte situado en los derechos de tercera generación
Como acostumbra a ocurrir en estas situaciones, el árbol no debe tapar el bosque. El acuerdo final no debe hacernos olvidar las dificultades por las que ha transitado el proceso negociador, algunas de ellas auténticos órdagos para la ruptura. El sentido común y el esfuerzo de meses no se correspondían con las propuestas planteadas por el PSPV-PSOE tras el acuerdo alcanzado y rubricado en las Cortes Valencianas y que pretendieron esquilmar mediante regate corto en Madrid. El guiño del PSPV-PSOE a sus futuros socios de oposición, no justificaba una ruptura, por otro lado, anunciada si desandaban el camino andado: quien se había autoexcluido del proceso de reforma, como era EU, no podía convertirse en árbitro de una coyuntura a la que la posición de debilidad del PSPV-PSOE, en aras de su futura estrategia electoral, le diese alas. Al final, la claridad de ideas y la robustez del programa presentado al principio de la legislatura por el presidente Francisco Camps recondujo la situación hacia el sentido común.
La senda transitada ha dado sus resultados. Unos resultados democráticos, políticos, sociales y cívicos. Al contrario de lo ocurrido en otras comunidades que han iniciado este proceso de reforma estatutaria, el PP de la Comunidad Valenciana ha mostrado su capacidad para conducir este proceso desde la responsabilidad, la capacidad de liderazgo y, al mismo tiempo, la fortaleza de los derechos de la ciudadanía.
A nadie se le escapa que el Estatuto valenciano, el antiguo y el nuevo, es la norma máxima de nuestra convivencia junto con la Constitución. Allí se recogen nuestros derechos y obligaciones, y también nuestra identidad y nuestra capacidad para autogobernarnos como resultado de una realidad histórica de presente en la que ciudadanos y ciudadanas asumimos nuestra responsabilidad mediante los derechos y obligaciones civiles.
En este contexto cabe situar la importancia del paso que acabamos de dar en las Cortes Valencianas. La Comunidad Valenciana gracias a la política del doble consenso, mayoritario aquí y mayoritario en las Cortes Españolas, nos permite avanzar por espacios de progreso que las circunstancias nos habían hurtado en otros momentos. El presidente Camps y los representantes del PP, tanto en la Comunidad Valenciana como en Madrid, han sabido llevar adelante y desatascar un proceso negociador arduo sin abandonar la mirada de un horizonte que no era otro que disponer de las máximas competencias de autogobierno sin por ello poner en peligro la convivencia y la solidaridad con el resto de pueblos de España.
Los cambios en política acostumbran a ganar nitidez con la perspectiva. Al contrario de lo que ocurre en otros ámbitos de la realidad social o personal. Y con perspectiva de futuro habrá que analizar un Estatuto que pone el énfasis en los derechos de tercera generación. Una vez garantizados los derechos de primera generación, hoy transformados en derechos fundamentales, como son la libertad o la vida, una de las grandes revoluciones de nuestra democracia fue incorporar con carácter universal derechos como la educación y la sanidad. Son los llamados derechos de segunda generación, equiparados en la práctica a los primeros.
La tercera gran asunción de derechos proviene de ámbitos hasta ahora considerados periféricos como el medio ambiente, la vivienda, el desarrollo sostenible o la garantía ante las situaciones de dependencia. Algunos de estos derechos han ocupado una parte importante de los objetivos de este gobierno durante los últimos años y ello nos permite acometer tal asunción de derechos desde una posición de mayor fortaleza en una perspectiva temporal relativamente corta. Trabajar para que esta tercera generación de derechos incremente el bagaje cívico de los ciudadanos y ciudadanas de esta Comunidad es un objetivo que podrá alcanzarse con el nuevo Estatuto y la colaboración de los grupos políticos.
Todos estos derechos han sido objeto de políticas concretas por parte de la Generalitat, como campos de acción pública establecidos en la Constitución, y ahora el Estatuto los recoge como derechos ciudadanos. Podemos decir que el Estatuto da un paso más. Por ejemplo, en el caso de las catástrofes naturales (art. 14), se establece el derecho a prever y minorar las catástrofes, lo mismo ocurre con la vivienda (art. 16), el derecho a disponer de abastecimiento de agua (art. 17.1), el derecho al medio ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado (art. 17.2) y finalmente la exigencia, por primera vez, de un modelo territorial sostenible y equitativo no solo con el presente sino con las generaciones futuras.
En estos casos, la política que está llevando a cabo la Consejería de Territorio y Vivienda ha sido fundamental para que todos estos derechos tengan un largo camino recorrido aún antes de la entrada en vigor del Estatuto.
En el caso de las competencias, el título IV consagra como competencia exclusiva de "ordenación del territorio y del litoral, urbanismo y vivienda" (art. 49.9), así como los montes y espacios naturales (art. 49.11). De este modo refuerza los pronunciamientos que ha habido del Tribunal Constitucional sobre estas materias.
Si en el Estatuto de 1982 una de las prioridades era sentar las bases para una convivencia sólida entre los valencianos, ahora, en 2006 el objetivo es y así debe ser consolidar e incrementar nuestra capacidad de desarrollarnos de una manera sostenible.
Rafael Blasco Castany es Consejero de Territorio y Vivienda.
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