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Impuestos | CONSULTORIO
Columna
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Reinversiones

Paralelamente a la reforma proyectada en relación con el IRPF se ha venido gestando la que deberá, a su vez, afectar al impuesto sobre sociedades, siendo esta última la que debería beneficiarse de una mayor reducción de la carga impositiva, a cuyo efecto se prevé reducir el tipo del impuesto en unos cinco puntos porcentuales de forma escalonada a lo largo de un plazo que parece haberse reducido a cuatro años.

No obstante, esta reducción podría verse afectada por una progresiva supresión de casi la totalidad de las deducciones en cuota vigentes, entre las que cabe destacar la de los gastos de investigación, desarrollo e innovación y la prevista por reinversión de beneficios extraordinarios, lo que contrasta con mejorar la competitividad de las empresas inspiradora de la reforma.

Tanto las plusvalías como los gastos de I+D+i merecen un tratamiento fiscal específico mediante medidas sustitutivas

Efectivamente, si de la primera deducción mencionada se ha señalado que no era demasiado utilizada, aunque su previsible supresión ya ha motivado las protestas de determinados sectores productivos, no cabe decir lo mismo respecto de la segunda, dada su generalidad respecto de los diferentes sectores económicos como medida destinada tanto a fomentar la inversión empresarial como a equiparar la fiscalidad de las plusvalías con lo dispuesto para las personas físicas.

Parece que el sistema que finalmente se adopte se orienta a obtener un gravamen tributario que no sea superior al que se pretende establecer para las ganancias patrimoniales en el IRPF, que como se sabe se incluirían en la parte de su base imponible en principio integrada por las rentas del ahorro a la que se aplicaría el tipo único del 18%.

En todo caso, tanto las plusvalías como los gastos de I+D+i merecen un tratamiento fiscal específico mediante la adopción de medidas sustitutivas de las deducciones que se pretende suprimir, y que sirvan para fomentar tanto la reinversión empresarial, si bien con la exclusión de los posibles abusos detectados en aplicación de la actual deducción, como el avance tecnológico en cuanto medio imprescindible para paliar el amenazante efecto de la deslocalización industrial.

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