Aguirre creará la figura del mediador para resolver disputas familiares
La medida servirá para acordar herencias, separaciones, adopciones y el cuidado de mayores
El Gobierno regional creará la figura del mediador familiar para resolver fuera de los tribunales y en el ámbito doméstico disputas tales como el reparto de una herencia, el cuidado de los niños o mayores y las condiciones de un divorcio. Las familias que deseen acudir a la nueva figura, según el borrador del anteproyecto de la Ley de Mediación Familiar que ultima la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, deberán pagar por el servicio. Salvo en un caso: será gratuito cuando las partes ganen menos de 960 euros (aproximadamente), es decir, menos de dos veces el salario mínimo.
La nueva norma, en fase de discusión con sindicatos y otros agentes sociales, acumula más de un año de retraso desde las previsiones iniciales del Gobierno regional. La presidenta, Esperanza Aguirre, manifestó en noviembre de 2004 que "el último borrador" estaba "a punto de completarse" y que lo esperaba "remitir a la Asamblea de Madrid en el primer trimestre de 2005 para que entre en vigor a lo largo de 2006".
La nueva ley pretende "extender el uso de modos de solución pacífica de los conflictos en el ámbito familiar". "La mediación", relata la exposición de motivos de la norma elaborada por Familia y Asuntos Sociales, "permite un acuerdo beneficioso para las distintas partes en conflicto mediante la intervención de un profesional que ayuda a que alcancen por sí mismas un acuerdo".
El principal objetivo es que muchos conflictos y disputas familiares no tengan que ser llevados a los tribunales, con las consecuencias negativas que los largos procesos judiciales conllevan para los núcleos familiares.
Nulidad matrimonial
Si las partes en conflicto se empeñan en judicializar el caso, la mediación familiar no podrá llevarse a cabo, ya que requiere de la aceptación de las dos partes y su voluntad para aceptar sus conclusiones. Pese a ello, los jueces que tramiten un conflicto familiar sí podrán recomendar a las partes que se sometan a la mediación y, mientras ésta se lleva a cabo, suspender el trámite judicial.
La mediación servirá para tratar de poner paz en las familias en conflicto por una herencia o por la gestión de una empresa familiar. También en todos los casos de separación, divorcio o nulidad matrimonial (entre matrimonios o parejas de hecho). Y tratará de resolver "las tensiones o conflictos de convivencia de las personas unidas por vínculo de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad".
Otras áreas de intervención reguladas por esta futura norma serán todas las relacionadas con el cuidado y tutela de menores y mayores y posibles conflictos entre "la familia adoptante o acogedora, los [niños] acogidos o adoptados y la familia biológica respecto a cualquier conflicto en la adopción, acogimiento o convivencia".
La consejera de Familia y Asuntos Sociales, Beatriz Elorriaga, justificó hace ahora un año la necesidad de desarrollar la nueva norma porque una encuesta elaborada por su departamento reveló que "más de un 74% de los madrileños considera necesaria la existencia de un gabinete público que ayude a los diferentes miembros de la familia a alcanzar acuerdos en situaciones difíciles o de crisis".
El procedimiento empezará con la elección del mediador entre una lista cerrada, que se denominará Registro de Mediadores Familiares. El mediador convocará a las partes a una primera entrevista en la que se debatirá el problema existente, se acordarán los objetivos que desean alcanzar ambas partes y se establecerá un calendario de reuniones para negociar e intentar llegar a un acuerdo.
Información confidencial
El procedimiento durará tres meses como máximo, aunque, en el caso de que exista un incipiente acuerdo aún no alcanzado, las partes podrán pactar una prórroga de dos meses con el acuerdo del mediador.
Todo lo que se diga en las reuniones y la información escrita aportada por las partes será confidencial, y todos los familiares y el mediador se comprometen a no hacer público ningún detalle. El mediador podrá ser sancionado con su exclusión del Registro de Mediadores Familiares si incumple este compromiso.
Sólo hay una excepción a la confidencialidad y es cuando exista "una amenaza para la integridad física o psíquica" de una de las partes. En estos casos, el caso deberá ser remitido a la policía o los jueces.
El proceso de mediación culminará con la redacción y firma de un documento en el que se expongan las condiciones del acuerdo o, en caso de no alcanzarse, qué discrepancias mantienen las partes.
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