El Supremo ordena revisar el permiso de las centrales para tener residuos nucleares
El Tribunal Supremo ha estimado un recurso de la Agrupación de Municipios Afectados por Centrales Nucleares (AMAC) y ha ordenado al Tribunal Superior de Madrid (TSJM) que examine las pruebas aportadas por los ayuntamientos, según las cuales nueve centrales nucleares carecen de autorización para almacenar residuos en sus propias instalaciones más allá de un periodo inicial de enfriamiento de 150 días.
Las centrales mencionadas en este proceso son Vandellòs II, Santa María de Garoña, Zorita, Trillo I, Ascó I y II, Cofrentes y Almaraz I y II. La denuncia de AMAC se presentó en 1999 y fue desestimada por el Gobierno y el TSJM.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.