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El Supremo ordena revisar el permiso de las centrales para tener residuos nucleares

El Tribunal Supremo ha estimado un recurso de la Agrupación de Municipios Afectados por Centrales Nucleares (AMAC) y ha ordenado al Tribunal Superior de Madrid (TSJM) que examine las pruebas aportadas por los ayuntamientos, según las cuales nueve centrales nucleares carecen de autorización para almacenar residuos en sus propias instalaciones más allá de un periodo inicial de enfriamiento de 150 días.

Las centrales mencionadas en este proceso son Vandellòs II, Santa María de Garoña, Zorita, Trillo I, Ascó I y II, Cofrentes y Almaraz I y II. La denuncia de AMAC se presentó en 1999 y fue desestimada por el Gobierno y el TSJM.

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