_
_
_
_

La fiscalía solicita vigilancia policial para los islamistas excarcelados

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha instado la adopción de cuatro medidas cautelares, entre ellas la vigilancia policial, para los acusados Mohamed Needl Acaid y Mohamed Zaher Esade, que hoy saldrán de prisión al haber agotado el límite legal de la mitad del tiempo de cumplimiento en prisión provisional sin que la sentencia sea firme. Según fuentes judiciales, la Audiencia Nacional dictará hoy un auto en el que adoptará todas las medidas instadas por el Ministerio Fiscal.

El informe del Ministerio Fiscal propone que el Supremo dirija un oficio a la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional para que, en el mismo auto en el que se decrete la libertad de Needl y Zaher, se dicten las medidas cautelares que eviten que "con su posible huida puedan eludir las responsabilidades derivadas de sus respectivas condenas".

En concreto, el fiscal propone que "por este orden y de manera concreta" se acuerden las siguientes medidas: obligación de comparecer los dos acusados en la Audiencia -o en el juzgado más próximo a su domicilio- los días que les señale el tribunal que les juzgó; prohibición de abandonar el territorio nacional "a no ser que medien especiales circunstancias, en cuyo caso será precisa concreta autorización de la autoridad judicial competente"; retención de sus respectivos pasaportes y establecimiento de la vigilancia policial que sea precisa y necesaria sobre sus personas para el adecuado cumplimiento de las medidas expuestas y el consiguiente aseguramiento de su comparecencia ante la autoridad judicial.

Control en aeropuertos

Para el efectivo cumplimiento de lo acordado respecto a los dos islamistas, el fiscal pide a la Audiencia Nacional que se notifique esa resolución a los órganos correspondientes del Ministerio del Interior, a fin de que procedan a reforzar "los oportunos controles en aeropuertos, puertos y fronteras".

Needl y Zaher fueron condenados a ocho años de prisión en el sumario de la operación Dátil, y hoy cumplen cuatro años de prisión provisional, ya que el Supremo no ha tenido tiempo de ver el recurso y la sentencia no es firme. Según el artículo 504.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, si el imputado fuese condenado, "la prisión provisional podrá prorrogarse hasta el límite de la mitad de la pena efectivamente impuesta en la sentencia cuando ésta hubiere sido recurrida".

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Tras dictarse la sentencia, el Supremo advirtió de que sería imposible celebrar la vista del recurso sobre una causa de 287 tomos de sumario y más de un centenar de motivos de casación en las escasas semanas que faltaban para la excarcelación de los dos islamistas.

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_