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El juez desestima el recurso de Spanair contra el reparto de Barajas

El juzgado central de lo contencioso-administrativo número 7 ha desestimado el recurso de nulidad presentado por Spanair contra la resolución dictada por Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) sobre el reparto de espacios en las terminales del aeropuerto de Madrid-Barajas, al considerar que la decisión del ente público se ajusta plenamente a Derecho y que "en ningún caso" se habría producido un trato discriminatorio a favor de Iberia y en contra de la propia Spanair.

El juez considera que la decisión de AENA de asignar a Iberia y sus socias de Oneworld la nueva terminal T4 del aeropuerto madrileño y mantener a Spanair y las aerolíneas de Star Alliance en las antiguas terminales se ajusta a las recomendaciones recogidas en "todos los informes técnicos", al tiempo que rebate y desestima todos los motivos de impugnación esgrimidos por Spanair, que alegaba que el acuerdo vulneraba el derecho a la igualdad al ser "arbitrario" y "discriminatorio".

El juez sostiene que la "única pretensión" de Spanair para recurrir el reparto es la de operar junto a Iberia y Oneworld en la misma terminal, con la "evidente y declarada finalidad de explotar para su propio beneficio comercial la oferta de vuelos de dicha alianza".

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