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Legalización de la prostitución y explotación sexual

El debate actual que existe en nuestra sociedad acerca de la regulación de la prostitución ejerce una gran tensión entre libertad y seguridad y supone un riesgo para los derechos humanos fundamentales.

El concepto de derechos humanos fundamentales, incorporado en la Carta de las Naciones Unidas, es un principio de aceptación mundial por parte de todas las naciones a finales del siglo XX. Desde la adopción de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948, la agenda por la incorporación de los mismos en las leyes y en las políticas públicas ha recorrido un largo camino; esos objetivos universales no se han hecho realidad aún para la mayoría de los pueblos del mundo ni tampoco para todos los hombres ni mujeres.

Agresión sexual es violar, pero también obligar a niñas y mujeres a dedicarse a actividades sexuales en contra de su voluntad

En 1994, la Comisión de las Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos aceptó nombrar un relator especial que se hiciera cargo de la violencia en contra de las mujeres, así como de insertar los derechos de las mujeres dentro de los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas.

En cuanto se toman medidas para regular la prostitución libre, se origina la necesidad de establecer controles de seguridad que regulen los derechos humanos de estas mujeres que se plantean como mercancía.

Las medidas que se adopten no pueden comportar violaciones de derechos fundamentales.

La agresión sexual y la coerción abarca desde la violación con uso de fuerza hasta diversas formas para ejercer presión que, sin provocar daños físicos, obliga a niñas y mujeres a dedicarse a actividades sexuales en contra de su voluntad, debido a que no tienen opción y a que en caso de resistirse pueden sufrir graves consecuencias de carácter físico y social.

Si nos referimos al tráfico sexual ilícito y clandestino de mujeres y niñas a través de fronteras nacionales e internacionales de países de economía en desarrollo, es conocido que fácilmente entran en situación de explotación sexual con gran beneficio económico para este mercado.

Según el Fondo de Población de Naciones Unidas, dos millones de niñas entre los 5 y 15 años son introducidas cada año en el mundo clandestino de la prostitución.

A 25 años de la entrada en vigor (1981) de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (C EDAW), las políticas de género neutrales son insuficientes.

La convención se generó debido a que la carta de las Naciones Unidas, así como otros instrumentos garantes de igualdad y de no discriminación, en la práctica, no aseguraban los derechos específicos para las mujeres.

A partir de los modelos preestablecidos por algunos hombres y pocas mujeres que han alcanzado su mismo grado en distintos estados, no se puede garantizar la igualdad de trato entre hombres y mujeres.

En los países socialmente avanzados se intenta modificar los patrones socioculturales, en especial los que afectan a la salud de la mujer (como la ablación femenina y otros tipos de castración) recopilando, y posteriormente difundiendo, datos sobre estas prácticas. Pero en cuanto a adoptar medidas preventivas y punitivas para suprimir toda clase de prácticas de prostitución, explotación, tráfico de mujeres y turismo sexual, donde la infancia y la mujer son las víctimas, queda aún mucho trecho.

El 18 de diciembre de 1979 la Asamblea General de la ONU aprobó la CEDAW (que entró en vigor en septiembre de 1981). España firmó la convención el 17 de julio de 1980 y la ratificó el 5 de enero de 1984.

En el artículo 6 de la CEDAW se requiere que todos los estados parte supriman cualquier forma de trata y explotación de la mujer, incluyendo la prostitución.

La CEDAW obliga específicamente a los estados que han ratificado esta convención a tomar todas las medidas necesarias para eliminar la discriminación en contra de las mujeres por parte de cualquier organización, persona o empresa por lo que se refiere a los derechos civiles, políticos, económicos y culturales.

Sin apoyo de la sociedad civil, las políticas públicas apenas pueden avanzar en la promoción de los derechos de las mujeres.

La Asociación Mujeres para la Libertad y Democracia pretende movilizar la opinión pública en el sentido de que no deberían prevalecer los beneficios económicos de unos cuantos sobre los derechos humanos de las mujeres, debiendo dejar de lado el mito que las mujeres son accesibles sexualmente a menos de que se resistan.

La Convención sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer en su 34 periodo de sesiones, se ha reunido en comité recientemente (16 enero-3 febrero) y precisamente ha debatido estas temáticas debido a que los intereses económicos en muchos países no permiten que las sociedades avancen en la lucha contra la prohibición de la prostitución.

La tradición y prácticas culturales son frecuentemente utilizadas en todo el mundo como justificación de actos violentos contra la mujer. La cultura es un argumento que utilizan algunas sociedades para llevar a cabo prácticas que pueden ocasionar graves daños físicos, psicológicos o la muerte.

Sin embargo, la cultura y las tradiciones están en constante evolución, y pueden servir como protección de los derechos de las mujeres y de los hombres.

Joaquima Alemany Roca es presidenta de Dones per la Llibertat i Democràcia.

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