La Junta restringe el tráfico en Doñana para minimizar su impacto
La velocidad no podrá superar en ningún caso los 40 kilómetros por hora
Las carreras de quads por la Raya Real tienen las horas contadas. La regulación del tránsito a motor por esta vía pecuaria, que atraviesa zonas de Doñana de gran valor ecológico, prohíbe en general la circulación de motocicletas y quads, aunque cuenta con una serie de excepciones (peregrinaciones rocieras, visitas educativas, investigadores y aprovechamientos tradicionales, entre otros). La velocidad máxima autorizada es de 40 kilómetros por hora. La orden de Medio Ambiente entra en vigor este mes.
La circulación de vehículos a motor por los 25 kilómetros de la Raya Real y el Camino de Moguer, que atraviesan por el Parque Nacional y el Parque Natural de Doñana, se limitará a partir de este mes, en cuanto el BOJA publique la orden de la Consejería de Medio Ambiente. La tramitación de la norma estuvo rodeada de fuerte contestación desde algunos ayuntamientos y hermandades, que temieron que significara una prohibición total para el tráfico rodado.
"Pero la norma nunca contempló el cierre de la Raya Real, lo que queremos es eliminar el uso indiscriminado y abusivo de quads y motos, que llegaban incluso a organizar carreras", expone la directora general de la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía, Rosario Pintos. Hasta la entrada en vigor de la orden, la vía pecuaria permanecía abierta al tránsito libre. En su parte justificativa, la norma de Medio Ambiente expone que en los últimos años se ha apreciado un "espectacular incremento" de todoterrenos, quads y motocicletas que han provocado "graves impactos sobre el medio, a la vez que representan un peligro para la seguridad pública".
La orden establece que la circulación de estos vehículos a motor estará prohibida, "salvo uso acreditado para el acceso de propietarios y trabajadores a las fincas colindantes y personal adscrito a la Administración pública en labores de gestión y vigilancia". En cuanto al tránsito de coches y todoterrenos, sólo se autorizarán los de los propietarios, trabajadores y suministradores de las fincas colindantes; los de usuarios de aprovechamientos tradicionales de Doñana (ganaderos, apicultores y cazadores, entre otros); el personal que realice labores de gestión o investigación, las empresas que se encargan de la atención al público o los grupos de visitantes con fines educativos.
En este último supuesto, Medio Ambiente otorga un papel destacado a los ayuntamientos con territorio dentro del espacio natural, que serán los que tramitarán las peticiones a las oficinas del parque natural o nacional. Las visitas serán denegadas, no obstante, durante el periodo de alto peligro de incendios forestales. "Hemos intentado que los ayuntamientos estuvieran cómodos con la norma", precisa Pintos.
En cuanto al tránsito rociero, la orden prohíbe el de "particulares ajenos a la disciplina organizativa de las hermandades" y autoriza el paso de los vehículos "debidamente organizados e integrados por cada hermandad". Rosario Pintos asegura que la norma se consensuó con la hermandad matriz de Almonte, si bien ha suscitado el rechazo de algunas entidades rocieras. "Si se garantiza que los vehículos que van son los acreditados por la hermandad, tienen una peregrinación más tranquila y ordenada", señala.
La velocidad máxima, en todos los casos, será de 40 kilómetros por hora. La guardería del parque nacional, los agentes de medio ambiente del parque natural y los guardias del Seprona se encargarán de vigilar el cumplimiento de la normativa, cuyo ámbito de aplicación afecta a 16,2 kilómetros de la Raya Real y 8,2 kilómetros del Camino de Moguer. La vía pecuaria atraviesa algunas zonas delicadas de Doñana, como la finca del Coto del Rey, donde están presentes hábitats y especies gravemente amenazados.
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