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Análisis:
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

El último informe que pidió Exteriores antes de la guerra de Irak consideró ilegal la intervención

La Asesoría Jurídica Internacional (AJI) del Ministerio de Asuntos Exteriores informó el 3 de marzo de 2003 -16 días antes de la invasión de Irak- que "ni la resolución del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas número 1.284 de 1999 ni la 1.441 de 2002 contienen un mecanismo automático de activación". Se refería a la posibilidad de desencadenar una guerra contra Irak en caso de incumplimientos con el sistema de inspección de las presuntas armas de destrucción masiva. Era el segundo dictamen que recibía el Gobierno del PP en el mismo sentido ya que con fecha 8 de octubre de 2002, la AJI había advertido de la ilegalidad de una intervención militar en Irak sin autorización expresa del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. El entonces presidente del Gobierno, José María Aznar, respaldó la guerra junto a los Gobiernos de Estados Unidos y el Reino Unido en contra de los asesores jurídicos del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Aznar comunicó a su partido la decisión de apoyar la guerra el mismo día que el ministerio recibió el último documento
Los dos estudios de la asesoría jurídica internacional negaron que las resoluciones amparasen el inicio de la guerra
Con la resolución 1441, el Consejo de Seguridad no quiso dejar de lado la resolución 1284
"La decisión a la que se llegue dependerá esencialmente de factores políticos"
"Ni la resolución 1284 ni la 1441 contienen un mecanismo automático de activación", señala el dictamen
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Hacia finales de septiembre de 2002, el secretario de Estado de Asuntos Exteriores, Ramón Gil-Casares, solicitó al jefe de la Asesoría Jurídica Internacional del Ministerio, Juan Antonio Yáñez-Barnuevo, un "informe acerca de los aspectos jurídico-internacionales de una eventual intervención armada contra Irak". En aquellas fechas todavía resonaba el discurso de George Bush ante la Asamblea General de las Naciones Unidas, en el cual ya se anticipaba el curso hacia la invasión de Irak, con la bendición de la ONU o sin ella.

Las conclusiones de aquel primer informe, firmado por Yáñez, fueron dadas a conocer el 17 de marzo de 2003 por la cadena SER y por EL PAÍS en su edición del 18 de marzo.

"Como recientemente se ha planteado, sobre todo por parte de Estados Unidos, un objetivo de un alcance muy diferente, como es el de conseguir un cambio de régimen, ello merece que se haga un análisis, por somero que sea, de ese importante aspecto, que condiciona toda la acción que se efectúe por parte de la comunidad internacional en este caso", señalaba el documento. "En ningún momento, ni siquiera durante la ocupación y anexión ilegales de Kuwait por parte de Irak, consideró el Consejo de Seguridad que ello constituyese una causa suficiente para ordenar autorizar el cambio por la fuerza del régimen imperante en dicho país, por repugnante que fuese su comportamiento desde muchos puntos de vista, tanto en el plano interno como hacia el exterior. Así lo entendió la coalición internacional en 1991 cuando, con Estados Unidos a la cabeza, decidió detener las operaciones ofensivas una vez que fue liberado Kuwait y llegar a un cese del fuego en el marco de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad", añadía.

"Lo primero que hay que señalar es que la Carta de las Naciones Unidas -como el derecho internacional general- parte del respeto a la diversidad de sistemas políticos, jurídicos, económicos y sociales vigentes en los distintos los asuntos internos de los Estados", sostenía el informe, que al tiempo recordaba que dicha Carta contemplaba la "aplicación de medidas coercitivas prescritas en el Capítulo VII".

Aquel primer informe recordaba un hecho interesante sobre la doctrina de cambio de régimen. "De hecho, la primera ocasión en que esta posibilidad se planteó en el Consejo de Seguridad se trató de la llamada cuestión española, en 1946, cuando Polonia intentó que el Consejo declarase que el régimen entonces vigente en España [la dictadura franquista] constituía en sí mismo una amenaza para la paz y seguridad internacionales, por sus vínculos con las potencias del Eje, derrotadas en la Segunda Guerra Mundial, y calificadas de Estados enemigos en la Carta de las Naciones Unidas. El Consejo, tras el estudio por un subcomité constituido al efecto, llegó a la conclusión de que no se reunían en el caso concreto las condiciones para poner en marcha las disposiciones del capítulo VII [medidas coercitivas] de la Carta".

Al resumir sus conclusiones sobre la consulta realizada por Gil-Casares, el informe señalaba que "de una resolución que reactivase la autorización del empleo de la fuerza no se podría deducir automáticamente el que implicase asimismo la licencia para cambiar el régimen imperante en Irak... Una autorización de ese tipo no se puede entender en ningún caso de una manera implícita, sino que tendría que ser explicitado de una u otra forma en la decisión o decisiones del Consejo de Seguridad como parte del mandato atribuido a la coalición internacional frente a Irak... Para que el objeto de la intervención armada internacional pasara a ser el de 'cambio de régimen' en Bagdad haría falta que el Consejo de Seguridad determinase previamente que el régimen actual, por su comportamiento pasado y presente, representa en sí mismo una amenaza para la paz y seguridad internacionales...".

A la luz de este informe, hubiera sido lógico, sostienen fuentes conocedoras del proceso de decisión en Exteriores durante aquellos días, que en noviembre de 2002, cuando el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas adoptó la resolución 1.441 sobre Irak, la Asesoría Jurídica Internacional recibiese el encargo de examinar la nueva situación.

"Hubo un amago de que la AJI elaborara un nuevo informe a la luz de las negociaciones de la nueva resolución, la 1.441, y de su aprobación. Pero alguien debió decidir sobre la marcha que no era una buena idea, acaso porque el informe del 8 de octubre estaba muy claramente orientado contra cualquier justificación automática de la guerra para cambiar el régimen", explicó a éste periódico una fuente que siguió el proceso y que prefiere mantenerse en el anonimato.

El 21 de febrero de 2003, el presidente José María Aznar, viajó a Crawford, Tejas, para entrevistarse con Bush. En la agenda: Irak y la ONU. Antes, Aznar hizo una escala en México, donde intentó persuadir al presidente Vicente Fox para el apoyo a una nueva resolución del Consejo de Seguridad de la ONU con la que se pretendía legalizar la invasión de Irak por sus incumplimientos. En su rancho, Bush explicó el 22 de febrero a Aznar que la guerra se avecinaba. El presidente español recomendó obtener antes una nueva resolución de la ONU. Bush dijo que en atención a la petición del primer ministro británico, Tony Blair, se haría lo posible, pero que con esa resolución o sin ella, EE UU apartaría a Sadam Husein del poder. Aznar le anticipó su respaldo.

Los tres, Bush, Blair y Aznar, patrocinaron inmediatamente una nueva resolución. Otros tres países -Alemania, Francia y Rusia- presentaron un memorándum -que no resolución- con una propuesta alternativa. En ambos textos se hacía mención a la resolución 1284 aprobada por el Consejo de Seguridad en 1999 para crear la Comisión de Naciones Unidas de Vigilancia, Verificación e Inspección (UNMOVIC) y lograr que esta nueva institución, junto con el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), reemprendieran las inspecciones en Irak, que llevaban interrumpidas desde 1998.

Pasaron todavía unos días hasta que el 28 de febrero, el Ministerio de Exteriores solicitó a la AJI un informe sobre la "relación entre las resoluciones del Consejo de Seguridad 1.284 y 1.441". El domingo 2 de marzo de 2003, Aznar convocó la primera reunión de la comisión delegada del Gobierno para asuntos de crisis a fin de analizar la posición ante la guerra de Irak. Al día siguiente, lunes 3, Aznar explicó a la Junta Directiva Nacional del PP su posición de respaldo a la Administración Bush.

Ese 3 de marzo, la AJI entregó en Exteriores su nuevo informe. Eran seis folios. "Habría que concluir, de forma provisional, que el Consejo de Seguridad, al adoptar la resolución 1.441, no tuvo la intención de abrogar o dejar de lado la 1.284. Por el contrario, la intención que se desprende de sus propios términos es la de que la resolución 1.441 se integre, al menos de partida, en una línea de decisiones anteriores del Consejo y en particular la resolución 1.284 en aquellos aspectos que fuesen relevantes".

El informe precisaba: "Por otro lado, esa conclusión es compartida, al menos en principio, por los dos textos actualmente sometidos a la consideración del Consejo de Seguridad. En efecto, por un lado el proyecto de resolución presentado por España. EE UU y el Reino Unido, en su párrafo preambular 1, reitera la referencia a la resolución 1.284 como precedente inmediato de la 1.441; y por otro, el memorando presentado por Alemania, Francia y la Federación de Rusia con fecha 24 de febrero de 2003 invoca expresamente las disposiciones de la resolución 1.284 en lo que se refiere al programa de trabajo y el calendario de inspecciones de las tareas de desarme de Irak. La cuestión es cómo armonizar las disposiciones 1.284 y 1.441 de manera que sean lógicamente coherentes dentro del objetivo declarado del Consejo de lograr el efectivo desarme de Irak en lo que concierne a las armas de destrucción masiva".

A juicio de la Asesoría Jurídica Internacional "el juego de las resoluciones 1.284 y 1.441 lleva indefectiblemente a la conclusión de que todo depende de una decisión del Consejo de Seguridad. Ni la resolución 1.284 ni la 1.441 contienen un mecanismo automático de activación. En un caso como en el otro, el Consejo de Seguridad ha de realizar una evolución de los progresos, o falta de ellos, realizados por Irak en el cumplimiento de las obligaciones de desarme y de las mayores o menores probabilidades de culminar los objetivos perseguidos mediante la continuidad de la labor emprendida por la UNOMVIC y la OIEA".

El informe, que también está firmado por el jefe del departamento, Yáñez-Barnuevo, culminaba con toda una premonición. "Ahora bien, el Consejo no es un tribunal, sino un órgano político. Por ello, inevitablemente, su evaluación de la situación y la decisión a la que llegue respecto al curso de acción a seguir dependerán esencialmente de factores políticos más que de un análisis estrictamente jurídico de las resoluciones adoptadas". Tanto era así que Aznar ya tenía la decisión adoptada con mucha anticipación.

Tony Blair, George W. Bush y José María Aznar, en la cumbre de las Azores, el 16 de marzo de 2003.
Tony Blair, George W. Bush y José María Aznar, en la cumbre de las Azores, el 16 de marzo de 2003.REUTERS

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