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La Audiencia ve delito en las casas de madera plantadas sin licencia en zonas no urbanizables

La resolución afecta a una construcción de dos plantas en un polígono de Colmenar Viejo

La Audiencia de Madrid ha dictado un auto en el que indica que puede constituir un delito la construcción sin licencia municipal de una casa de madera en un suelo no urbanizable. La resolución afecta a una construcción de madera de dos plantas situada en un polígono de Colmenar Viejo. No obstante, y al tratarse de la Audiencia Provincial, la valoración jurídica que se hace en el auto cabe extrapolarla a los cientos de casas de madera que hay sin licencia en suelo no urbanizable de la región. Sus propietarios alegan que, al ser casas que pueden ser desplazadas, no necesitan licencia.

El Juzgado de Instrucción 3 de Colmenar Viejo archivó una denuncia de agentes forestales y de la Fiscalía de Madrid contra el dueño de una vivienda de madera de Colmenar. Esta construcción se asienta sobre una plataforma de hormigón de 40 metros cuadrados en la parcela 75 del polígono 41 de Colmenar. La casa, igual que otras muchas de este tipo distribuidas por la región, se levantó sin licencia municipal y sin la oportuna calificación jurídica de la Comunidad, según el auto judicial.

En Madrid hay ahora casi 100 casas de este tipo precintadas por orden judicial. Muchas personas instalan casas de madera en zonas no urbanizables y, para esquivar la acción penal sobre ellos, alegan que no se trata de instalaciones fijas, sino móviles y desplazables y que, por tanto, no pueden considerarse edificaciones que requieran licencia.

El auto de la Audiencia de Madrid, que firma el magistrado Rafael Mozo, no sólo no lo entiende así, sino que, en el caso de la vivienda de Colmenar, considera que el hecho puede ser delictivo. Y por ello pide al Juzgado de Instrucción 3 de Colmenar que reabra la investigación. La Audiencia no concreta más su opinión al respecto porque ello supondría prejuzgar los hechos antes del juicio.

Código Penal

La juez de Colmenar lo sobreseyó basándose en el principio de intervención mínima del derecho penal y porque entiende que el artículo 319 del Código Penal no especifica con claridad el concepto de "construcción y edificación no autorizada". La juez alegó que había que hacer una interpretación de la norma favorable al reo dado que "se trataba de una edificación desmontable y no enclavada en el suelo", por lo que no requiere licencia.

La Audiencia considera suficiente, para que se vulnere el citado delito, el inicio de la obra. Señala el juez: "La construcción, como acción y efecto de construir, tiene un sentido amplio en el que se incluyen muros, presas, obras industriales, mientras que la edificación [a la que se refiere el artículo 319.2] presenta un significado más restringido y se refiere más bien a la construcción de viviendas destinadas al uso y disfrute humano". El juez añade: "La construcción y la edificación se inicia cuando se ponen los cimientos y muros, siempre que sean obras de cierta permanencia y carácter fijo". Es decir, justo cuando "se inicia la obra" se comete el delito, y éste persiste "mientras dura la construcción", sostiene el juez.

Según el magistrado, el artículo 319 del Código Penal tiene como objetivo la "obtención de una mayor calidad de vida y de hábitat humano a través de la utilización racional del suelo orientada a los intereses generales".

El juez entiende que los "tribunales han de tener en cuenta la relevancia" del interés general que protege esta norma con una aplicación "ponderada y adecuada" del citado precepto penal, por lo que "no parece razonable" cerrar la investigación del caso de Colmenar con la sola "declaración como imputado del denunciado". Y menos aún "ante unos hechos que, en este momento procesal, no se puede descartar el carácter delictivo de los mismos", añade.

En Villanueva de Perales hay 23 casas de madera en un espacio protegido. Una juez de Navalcarnero las ha precintado por supuestas irregularidades urbanísticas. El precinto se ha decretado cuando 195 personas habían pagado cantidades de entre 18.000 y 60.000 euros para instalar en él casas prefabricadas (las llamadas mobile homes) y disponer de una parcela de uso exclusivo dentro del recinto, un terreno rústico que ocupa una extensión de 101.000 metros cuadrados. El Ayuntamiento de Villanueva acusa a los promotores de querer crear allí un nuevo pueblo con la artimaña de las casas de madera.

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