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Justicia elevará hasta los 11 años el internamiento de menores delincuentes

La medida se aplicará en los casos más graves y a bandas organizadas

La reforma de la Ley Penal del Menor, que el Gobierno sitúa entre sus prioridades en materia de Justicia, prevé un endurecimiento de las medidas de internamiento cerrado que en los casos de delitos más graves y los cometidos por bandas organizadas supondrán elevar en tres años el máximo de ocho años previsto en la actualidad. El ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, avanzó ayer en Fuerteventura las líneas generales de la reforma a los portavoces parlamentarios de esa área.

Aunque el aumento de las medidas de internamiento será en general de 12 meses, en los casos de delitos graves como el homicidio, asesinato, agresiones sexuales o violación, el límite máximo puede aumentar hasta en tres años sobre los ocho previstos para la franja de edad de 16 a 18 años, y de los cuatro años para los de la franja de 14 a 16.

Los jueces de menores serán los encargados de determinar la duración máxima de las medidas de internamiento, así como de decidir los casos excepcionales en los que los mayores de 18 años deberán seguir su régimen en un centro penitenciario ordinario, ya que el criterio general de la reforma es que éstos permanezcan en los centros de menores incluso al superar esa edad.

La reforma derogará definitivamente la posibilidad de que la ley se aplique a los jóvenes de entre 18 y 21 años, posibilidad que actualmente está suspendida hasta el 1 de enero de 2007.

También aumentará la duración de las medidas cautelares -actualmente tres meses prorrogables otros tres- hasta seis meses ampliables tres más, así como el plazo para la prescripción de las faltas, que se eleva hasta los seis meses, para evitar la práctica impunidad de esos hechos.

El Gobierno justifica la reforma por la necesidad de sancionar con más firmeza los delitos más graves cometidos por menores, así como por las disfunciones detectadas en los cinco años de aplicación de la ley, cuyo balance resulta, no obstante, "netamente positivo", en opinión del titular de Justicia.

El Ejecutivo subraya la necesidad de potenciar la protección a la víctima, dar respuesta al nuevo fenómeno de integración de menores delincuentes en bandas y grupos organizados y dar una respuesta a los casos de delincuencia violenta y delitos más graves.

El criterio expuesto por el ministro de Justicia es seguir apostando por los principios, criterios y orientaciones generales que marcan la vigente ley para luchar contra la criminalidad de los menores, por lo que se descarta rebajar la edad de responsabilidad penal del menor.

Garantías del menor

Además, la reforma consagrará el principio de mantener las garantías del menor, a la vez que prevalecerá como criterio importante de la nueva ley la atención a la víctima. Así, se concretará el alcance de la participación de la acusación particular en el proceso, posibilidad que se abrió con la reforma de 2003, y se encomendará al secretario judicial mantener informadas a las víctimas que no deseen personarse.

Se pretende, además, acelerar el pago de indemnizaciones a las víctimas, al juzgar simultáneamente las responsabilidades civiles y penales en las que hayan incurrido los menores delincuentes sin tener que abrir un nuevo proceso.

La reforma prevé también la imposición de medidas de alejamiento e incomunicación de los agresores con sus víctimas. También se pretende evitar la confrontación visual de un menor que haya sido víctima de delitos contra la identidad sexual con el inculpado, cuando deba prestar declaración como testigo en el procedimiento penal, mientras que también refuerza las medidas para evitar que los menores que cumplen penas de internamiento sean víctimas de abusos por parte de otros internos.

Juan Fernando López Aguilar.
Juan Fernando López Aguilar.

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