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Justicia próxima e independiente

El Gobierno acaba de presentar el proyecto de ley de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que introduce un concepto novedoso, el de justicia de proximidad, que pretende la creación de juzgados en las grandes ciudades para atender asuntos de escasa complejidad, como juicios de faltas en el orden penal, y reclamaciones de cantidad de hasta 3.000 euros o desahucios en el orden civil.

Nuestra actual organización judicial permite convivir a una justicia profesional, compuesta por jueces independientes, inamovibles, seleccionados a través de un sistema de oposición de entre licenciados en derecho o juristas de trayectoria contrastada, con la justicia de paz, que se encomienda a hombres buenos, que pueden no tener formación jurídica pero son personas relevantes en las localidades donde residen.

La justicia de proximidad es una iniciativa loable. Pero debemos garantizar la rapidez y la eficacia

Los jueces profesionales trabajan en juzgados y tribunales, mientras que en todos los municipios donde no hay juzgado existe un Juez de Paz. Ahora, a medio camino entre uno y otro, se pretende crear el Juez de Proximidad, que existiría en localidades de más de 175.000 habitantes, y que se propondrían por los ayuntamientos. El pleno municipal escogería para cada puesto a tres candidatos entre licenciados en derecho con seis años de experiencia, y la Sala de Gobierno del Tribunal Superior y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) lo designarían. Pero sólo por cinco años.

En efecto, el sistema ideado parte de una finalidad razonable: hay juicios que pueden hacerse muy rápidamente, por su escasa enjundia jurídica. Es lo que ocurre con los juicios de faltas, desahucios por falta de pago o reclamaciones de pequeñas cantidades. Un juez de maza, que trabaje con un procedimiento eminentemente oral (reclamación/denuncia e inmediata citación a juicio), puede resolver de forma rápida y eficaz numerosos casos de escasa complejidad.

Se liberaría así a los demás jueces de una importante carga de trabajo y se daría al ciudadano una respuesta rápida. El problema es que para ello necesitamos un juez, y no un profesional muy digno, pero enormemente vulnerable, porque su retribución y su puesto de trabajo dependen del ayuntamiento en el que trabaja.

Al margen de cuestiones muy discutibles, como la compatibilidad de la propuesta gubernamental con el art. 122 de la Constitución, que dispone que los jueces y magistrados de carrera formarán un cuerpo único, lo que se propone es crear un nuevo tipo de jueces de segunda, que tendrán que tener mucho cuidado en ciertos juicios de faltas que afecten, por ejemplo, a autoridades o policías municipales, o algunos civiles, como los desahucios, en los que el ayuntamiento que disponga de vivienda pública en arrendamiento sería, prácticamente, juez y parte.

El estatus de independencia de esos jueces sería inferior al de los demás. Su salario y contrato dependería, cada cinco años, de la decisión del ayuntamiento, que en ese mismo tiempo puede haber cambiado de color político, o haber mantenido serias discrepancias con ese tipo de juez de proximidad que se idea, al que sería tremendamente sencillo apartar, pues basta con no renovar la propuesta si su actuación ha sido incómoda para el poder municipal.

La intervención de la Sala de Gobierno o el CGPJ no soluciona el problema, porque sólo pueden elegir entre los tres candidatos propuestos y no pueden optar por reelegir a quien no sea incluido en tal terna. Por lo tanto, la propuesta del Gobierno socialista hace aguas en un apartado importante: los jueces de proximidad no serán verdaderos jueces inamovibles e independientes, sometidos exclusivamente al imperio de la ley, como exige el art. 117 de la Constitución.

Quizá el problema podría haberse conjurado escuchando a los implicados, lo que en este caso no ha sucedido. El Gobierno se ha lanzado a reformar la LOPJ, en este punto y otros muy controvertidos, sin pedir opinión previamente a colectivos como los colegios de abogados, sindicatos, usuarios de la justicia, asociaciones de jueces o el propio CGPJ. Es una pena que en estos temas de alguna trascendencia no se escuche antes de actuar.

Pero, en todo caso, aceptando la oportunidad de una iniciativa, la de justicia de proximidad, que el Foro Justicia como Servicio Público venía reclamando desde hace tiempo, debe proponerse una rectificación inmediata y sencilla: los jueces de proximidad tienen que ser verdaderos jueces, integrados en la carrera y con el mismo estatuto que el previsto en la LOPJ y en la Constitución.

La justicia de proximidad debe ser, por ello, una justicia similar a la de menores, a la que lucha frente a la violencia contra la mujer, a la penal, civil, contenciosa o laboral. Hoy en día, además, tenemos un grupo importante de jueces que no tienen destino y que podrían, como el resto de la plantilla judicial, atender esas necesidades en las grandes ciudades en las que se establezcan esos juzgados. Y si es menester, como cualquier iniciativa que supone la ampliación de la planta judicial, habrá que incrementar el número de jueces, acercándonos de esa forma a la media europea, aún lejana, de uno por cada 7.000 habitantes.

La justicia de proximidad es una iniciativa loable. Pero debemos garantizar no sólo esa proximidad, rapidez y eficacia, sino que sea una justicia independiente, evitando las inevitables tentaciones que otorga el privilegio de poder decidir sobre la continuidad o el salario de quienes han de impartirla. Nuestra sociedad no merece que en esta delicada materia retrocedamos.

Edmundo Rodríguez Achútegui es portavoz de Jueces para la Democracia

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