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Análisis:Qué es... | SICAV
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Inversiones más flexibles

En la última década, la evolución del patrimonio de algunos productos financieros ha tenido crecimientos exponenciales, como es el caso de las Sicav y SI (estas últimas deberán transformarse). Si en 1990 el patrimonio gestionado ascendía a 2.043 millones de euros invertidos en 282 entidades, a final de 2004 dicho patrimonio se situó en 25.103 millones invertidos en 3.097 entidades.

¿Qué es una Sicav? Una Sicav (Sociedad de Inversión de Capital Variable) es una IIC (Institución de Inversión Colectiva) que adopta la forma de sociedad anónima y cuya constitución requiere un capital mínimo de 2.404.050 euros, representados por un número determinado de acciones en función del valor nominal inicial. Dicho capital es susceptible de aumentar o disminuir dentro de los límites del capital estatutario máximo y del inicialmente fijado, sin necesidad de acuerdo de la junta general, lo que flexibiliza enormemente las nuevas aportaciones.

Es una Institución de Inversión Colectiva, sociedad anónima, con un capital mínimo de 2.404.050 euros

La Sicav tiene como marco jurídico global la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de IIC, el Real Decreto 1393/90, la Ley de Mercado de Valores y la Ley de Sociedades Anónimas.

Dentro del conjunto de IIC, las Sicav permiten una gran libertad de inversión en activos que se negocien en mercados organizados dentro de los países de la OCDE, incluidos fondos internacionales, teniendo a su vez una gran flexibilidad en la orientación y control de gestión de las inversiones.

La Sicav ofrece a sus accionistas, tanto personas físicas como jurídicas, las más amplias posibilidades desde el punto de vista financiero y fiscal.

Las rentas generadas en la Sicav tributan al 1%, pudiendo ser reinvertidas y capitalizadas. Al tiempo, las Sicav se benefician del favorable tratamiento de las ganancias patrimoniales en el IRPF, que establece para los incrementos patrimoniales generados en un periodo superior a un año un tipo único del 15%.

Para su admisión a cotización en Bolsa se sigue la Ley de SA, y se exige una difusión mínima de 100 accionistas antes de su inscripción en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

El órgano de gestión de la Sicav es un órgano colegiado (consejo de administración). El número mínimo de consejeros es de tres. Éstos deberán presentar un cuestionario de honorabilidad.

Para su constitución, una Sicav debe contar con la autorización previa de la CNMV tras la presentación de la memoria y los estatutos de la sociedad.

Actualmente, y en función del tipo de activos utilizados para invertir, podemos distinguir dos tipos: las Sicav de valores propiamente dichas y las Sicav que invierten fundamentalmente vía fondos de inversión. En cada caso, las limitaciones de inversión en otras IIC-s son diferentes.

En las Sicav de valores lo máximo que se puede invertir en otras IIC-s es un 5% del patrimonio total, por tanto, la mayor parte de la inversión debe orientarse hacia activos en directo.

Sin embargo, en las Sicav que fundamentalmente invierten en fondos existe la obligación de invertir como mínimo un 50% del patrimonio total de la Sicav en otras IIC-s, por tanto, en estas últimas la mayor parte de la inversión se canaliza vía IIC-s. En este último caso, la inversión en una misma IIC no podrá superar el 45% de su activo. La sociedad no invertirá en IIC cuya política de inversión permita materializar más de un 10% de su activo en otras IIC, salvo que se trate de IIC subordinadas cuyo FI cumpla dicho requisito.

El resto del activo de la sociedad estará invertido con sujeción a los límites y porcentajes contenidos en los artículos 4, 7, 8, 17, 18, 19 y 26 del Reglamento de IIC y demás disposiciones adicionales aplicables.

La sociedad podrá invertir en valores no cotizados en mercados secundarios organizados, dentro de los límites que establezca la normativa vigente en cada momento y según los criterios que se definan en el folleto informativo.

Izaskun Azaldegui Alba es directora de Banca Privada del País Vasco de Safei. Grupo Inversis.

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