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La Audiencia absuelve a los acusados de quemar casas gitanas en Almoradí

El tribunal rebaja la pena 15 años y les condena a uno de cárcel

La Audiencia de Alicante ha condenado a un año de prisión a cinco de los seis procesados por quemar dos viviendas en un barrio gitano de Almoradí, en mayo de 2000. El tribunal no considera probado que los enjuiciados cometieron el delito de incendio y rebajó en 15 años la petición inicial del fiscal. La sala sólo les imputa desorden público. El fallo obliga al sexto a recibir tratamiento por alteración psíquica.

La sala no considera probado que los imputados prendieran fuego a las viviendas

Los hechos se remontan al 17 de junio de 2000, durante la convocatoria de una concentración ciudadana en Almoradí para protestar por el asesinato de un joven. La movilización, que aglutinó a más de un millar de personas, se desarrolló en la Plaza de Constitución de esta localidad, una zona habitada por gitanos y punto habitual de venta de droga. Tras concluir la protesta, los manifestantes se dirigieron al barrio donde el joven fue asesinado para colocar un ramo de flores y encender una vela en el lugar en el que cayó el cadáver.

Manifestantes "con los ánimos exaltados", según recoge el fallo judicial, comenzaron a corear frases como "no a la droga" y "quemarlos". Tras la intervención de la policía, la concentración se disolvió en el puente Don Pedro. Sin embargo, según el apartado de hechos probados de la sentencia, los seis procesados, "con la finalidad de alterar la paz pública", decidieron continuar con la protesta.

La sala considera demostrado que los seis comenzaron a realizar actos vandálicos: volcaron vehículos que se encontraban estacionados y arrojaron piedras contra las personas de origen magrebí. Posteriormente, los seis "capitanearon" a un grupo numeroso de personas no identificadas y se dirigieron hacia la calle de Federico García Lorca. Según consta en el escrito judicial, los encausados portaban la pancarta que se exhibió al inicio de la concentración. Los condenados "exaltaron" los ánimos de los asistentes y coreban las frases "asesinos" y "quemarlos".

En la vista oral del caso, celebrada en la sección séptima con sede en Elche, los seis acusados por los incidentes negaron que incendiaran dos viviendas de esa barriada, aunque admitieron su participación en la manifestación. Según el fiscal, los inquilinos de las dos viviendas incendiadas, un total de 13 personas, nueve de ellas menores de edad, huyeron por los tejados y algunos manifestantes colocaron barricadas para impedir el acceso de los camiones de bomberos al lugar.

Cuatro de los seis procesados, José Antonio N., Pedro H., José Antonio C. y Alfonso G., se negaron a contestar a las preguntas de la fiscal y tan sólo respondieron a las de sus abogados para reiterar que no intervinieron en el incendio de las casas, aunque reconocieron que asistieron a la manifestación. Un quinto encausado, Juan José A., afirmó al ministerio público que no participó en la manifestación, mientras que el sexto acusado, Pedro G., confirmó que sí estuvo en la protesta pero no en los altercados..

Los abogados defensores pidieron la libre absolución por falta de pruebas. Según el fallo, "queda claramente demostrada" la participación de los acusados en la protesta, a tenor de las declaraciones de los agentes de la Guardia Civil y de las pruebas audiovisuales. Por el contrario, añade el tribunal, "no existe ni una sola prueba que demuestre la participación de los acusados en el delito de incendio".

Por tanto, la Audiencia de Alicante rebaja 15 años la pena inicial solicitada por el ministerio público y condena a cinco de los seis procesados a un año de prisión por el delito de desorden público. El tribunal les absuelve, sin embargo,del delito de incendio con peligro para la integridad física de las personas. El fallo obliga al sexto de los procesados a someterse a un tratamiento sanitario en tanto que sufría una alteración psíquica, con un retraso mental moderado de un 65%.

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