El Banco de España suavizará los requisitos de solvencia del sector
Trata de compensar las provisiones para insolvencias extraordinarias
El Banco de España prepara una modificación legislativa que permitirá a las entidades bancarias computar más activos en el cálculo de los recursos propios con los que deben respaldar los créditos concedidos. El supervisor bancario compensará así el esfuerzo hecho por el sector, que desde 2000 se ha visto obligado a dotar unas provisiones para insolvencias extraordinarias que no existen en otros países.
El director general de Regulación, José María Roldán, ha enviado una carta a bancos, cajas de ahorros y cooperativas de crédito en la que pide su opinión sobre una propuesta de modificación del procedimiento para determinar los recursos propios mínimos que deben acumular las entidades y para hacer frente a sus riesgos.
El regulador abre así el proceso de consultas al que le obliga la ley y pide a las entidades que "con la mayor brevedad posible, y a más tardar en los próximos quince días hábiles" remitan al Banco de España sus sugerencias. El próximo 17 de junio concluye el plazo estipulado. Una vez que envíen sus opiniones, el Banco de España emitirá una nueva circular, previsiblemente a finales de junio.
Se trata de un paso más en la adaptación de la legislación española a las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) que se han plasmado para el sector financiero en la circular del Banco de España 4/2004. Según fuentes del sector, este movimiento es una forma de suavizar la situación de bancos y cajas, que han tenido que hacer frente a unas provisiones para insolvencias que sólo existen en España, el denominado Fondo de Provisiones Estadístico (Foncei).
La propuesta permitirá incluir "entre los recursos propios computables de segunda categoría, tanto la cobertura genérica por pérdidas inherentes ligadas al riesgo de insolvencia de los clientes, como las plusvalías" obtenidas con la valoración del patrimonio neto. A continuación, limita la capacidad de aplicación de estas coberturas "al 1,25% de los activos que le sirven de base".
La hucha de la polémica
La inclusión de estos activos como recursos propios de segunda categoría, también denominado Tier II, es una reivindicación del sector financiero. Este tipo de recursos propios son los que se utilizan como cálculo relativo para poder emitir activos financieros, como deuda o acciones preferentes, con las que los bancos y las cajas financian los créditos a los clientes.
Pese a la exigencia de la nueva normativa y el Foncei, hasta marzo las entidades han salido favorecidas porque han realizado menores provisiones. Según el Banco de España, el conjunto de entidades tiene cubierto el 79% de este fondo extraordinario.
La banca se quejado del Foncei, un invento español que se estableció en 2000 para que las entidades realicen fuertes dotaciones cuando el ciclo económico es boyante, y así tengan colchones para cuando lleguen las vacas flacas. Entre bancos y cajas han depositado en esa hucha unos 6.000 millones de euros.
El Banco de España ha asegurado que este fondo es compatible con las NIC, pese a que no existe en ningún otro país.
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