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El Supremo multa a Telefónica por cesión de datos de sus clientes

El Tribunal Supremo ha confirmado la multa de 180.303 euros (30 millones de pesetas) que la Agencia de Protección de Datos impuso a Telefónica en 1998 por no haber explicado a sus clientes la finalidad de incorporar sus datos personales a un fichero informatizado ni los destinatarios de esa información.

En la factura de octubre-noviembre de 1996, Telefónica informó a sus clientes: "Con la finalidad de proporcionarle los mejores servicios, le participamos que los datos que de usted disponemos están incorporados en fichero informatizado titularidad de esta empresa". También se advertía de que dichos datos podrían ser intercambiados entre Telefónica de España y sus filiales.

Doce clientes presentaron una denuncia contra Telefónica por su inclusión en el fichero, y el director de la Agencia de Protección de Datos impuso la sanción de 180.303 euros por vulnerar el derecho de sus clientes a ser informados de la cesión de sus datos de carácter personal.

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La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de Telefónica al entender que "omitió el dato esencial" de "la finalidad de la incorporación de los datos" y sus destinatarios, y el "concreto destino" que se perseguía con el fichero.

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