El TSJ obliga al Consell a fijar el calendario laboral de los sanitarios
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha condenado a la Generalitat a fijar los calendarios de trabajo anuales, con asignación de turnos y jornadas, del personal de hospitales, centros de atención primaria y de transfusiones, una responsabilidad que no ha asumido. Según consta en el fallo dictado por la sala de Lo Social en respuesta al recurso presentado por CC OO, salvo en el Hospital Clínico Universitario de Valencia, no se confeccionan los calendarios de trabajo con periodicidad anual, sino que cada uno "sigue su propia casuística a la hora de planificar la prestación de servicios".
En la práctica, la ausencia se resuelve con planillas mensuales, bimensuales o semestrales en las que aparecen los turnos sin los festivos, los permisos o los días de libre disposición.
El TSJ recuerda que existe un decreto del Consell según el cual, "en aquellas unidades y servicios en que la programación y organización del trabajo no dependa del uso de medios o instalaciones ajenas, la jefatura de la unidad, con la aprobación de la Dirección de quien dependa, fijará los calendarios de periodicidad anual, con asignación de turnos y jornadas". Pero "no se cumple de manera uniforme en todos los centros dependientes de la red pública autonómica", por lo que procede condenar a la Consejería para que lo haga efectivo.
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