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La ponencia del Estatut postula que también los diputados puedan disolver el Parlament

Como ya ocurre en el Congreso, los parlamentarios gozarán de plena inmunidad

Miquel Noguer

Una mayoría calificada de diputados, y no sólo el presidente de la Generalitat, podrán disolver el Parlament si finalmente sale adelante la propuesta aprobada ayer por todos los grupos que integran la ponencia para la reforma del Estatut. Para disolver el Parlament se requerirá el voto afirmativo de las tres quintas partes de la Cámara, una mayoría suficiente, según todos los partidos, para desbloquear el Parlament en caso de una grave crisis institucional. Asimismo, ayer se aprobó que el Estatut pueda limitar el número de mandatos del presidente de la Generalitat.

La posibilidad de que los diputados puedan "autodisolver" el Parlament era, según el portavoz de Esquerra Republicana, Joan Ridao, "una vieja demanda" de su formación política. En 1986, tras ganar las elecciones por mayoría absoluta, Convergència i Unió decidió arrebatar esta facultad a los diputados y entregar al presidente de la Generalitat, en aquel momento Jordi Pujol, atribuciones plenas para disolver el Parlament cuando lo creyera necesario para convocar elecciones. Con el regreso a la situación anterior a 1986, Ridao considera que se "restaura" el equilibrio entre el poder legislativo y el ejecutivo.

Otra reforma aprobada ayer en primera lectura por todos los grupos parlamentarios fue la consistente en dotar de plena inmunidad a los diputados de la Cámara catalana, prerrogativa de la que gozan los miembros del Congreso y del Senado. Esto implica que los diputados sólo podrán ser juzgados si la Cámara lo aprueba, aunque sólo se requerirá mayoría simple para ello. En la actualidad los diputados del Parlament gozan de inmunidad parcial. El cambio también beneficiará a la figura del Síndic de Greuges, que tampoco tiene plena inmunidad.

La tercera reforma aprobada ayer fue la que endurece las condiciones para presentar mociones de censura al presidente de la Generalitat. Según el nuevo Estatut, para presentar una moción de censura se requerirá el apoyo del 20% de la Cámara en lugar del actual 10%. Además, podrán presentar la moción dos grupos al mismo tiempo. Con estos acuerdos, la ponencia para la reforma del Estatut cerró ayer el capítulo dedicado a la regulación del funcionamiento de las instituciones catalanas.

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Sobre la firma

Miquel Noguer
Es director de la edición Cataluña de EL PAÍS, donde ha desarrollado la mayor parte de su carrera profesional. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona, ha trabajado en la redacción de Barcelona en Sociedad y Política, posición desde la que ha cubierto buena parte de los acontecimientos del proceso soberanista.

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