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Desestimado un recurso de seis trabajadoras por acoso laboral

La Audiencia de Granada ha desestimado el recurso presentado por siete empleadas de Agise, que gestiona el centro de mujeres maltratadas de Granada, contra la empresa por delitos contra los derechos de los trabajadores, coacciones y acoso laboral. La Audiencia ratifica también el auto del juez instructor que acordó el sobreseimiento y el archivo de la causa al no haberse justificado la perpetración de los delitos, según informó en un comunicado el letrado de la empresa, Francisco Rodríguez.

El ponente del auto de la Audiencia manifiesta mantener el mismo criterio que el juez instructor en cuanto a que las relaciones entre las trabajadoras denunciantes y el denunciado "deben ser resueltas en el ámbito de la jurisdicción laboral, del que no estimamos que excedan los hechos que se han denunciado", agrega.

Según el abogado, el auto de la sección primera de la Audiencia niega que pueda considerarse delitos contra los derechos de los trabajadores, además de lesiones, coacciones, acoso e injurias, el establecimiento de un sistema de control, los cambios de horario, la obligación de solicitar por escrito los permisos para disfrute de días por asuntos propios, los cambios de turno o la reorganización de los lugares de trabajo.

Todo ello, señala el auto, "no puede sino considerarse integrado dentro de las facultades de la dirección y organización de la actividad, sin que, sin perjuicio de lo que proceda ante el orden social, se derive de ello la comisión de un delito contra los derechos que los trabajadores tengan reconocidos legalmente o en convenio colectivo".

Convenio colectivo

Encarnación Soto, abogada de la Casa de Acogida de Granada, y otras seis trabajadoras más, entre ellas la delegada de personal, Francisca Castro, denunciaron en febrero de 2004 ante los tribunales una presunta situación de acoso laboral en la Casa de Acogida de Granada como represalia por no haber aceptado el convenio colectivo que sí suscribieron las restantes provincias andaluzas.

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Frente a esas acusaciones, señala el letrado, el auto ratifica en todos sus extremos el del juez de instrucción que acordó el sobreseimiento provisional y el archivo de las denuncias, y desestima el recurso de apelación de las trabajadoras en huelga.

Por otra parte, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado la declaración de huelga indefinida en la Casa de Acogida de Granada y ratificado la sentencia que condenaba a Encarnación Soto (la abogada de la Casa de Acogida) por violación del derecho a la libertad sindical de cuatro trabajadores de Agise, "a quienes impidió votar en la asamblea" en la que se decidió convocar el paro, y que, en consecuencia, anuló los acuerdos adoptados en la misma, siempre según el abogado.

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