Una oportunidad perdida para avanzar en el bienestar
El pasado 1 de diciembre, los socialistas franceses decidieron en un referéndum interno que apoyarían la Constitución europea: de los 100.000 votantes (82% de participación), el 59% optó por el sí. Dilucidaban así un duro debate interno originado por el hecho de que el nuevo Tratado de la Unión apenas introduce leves avances sociales mientras deja anclada una economía de mercado netamente liberal. Extrañamente, fueron los Gobiernos socialdemócratas, como el británico o alemán, los que impidieron mayores avances. Los dos rechazaron una armonización de leyes sociales en Europa: el primero, por poseer un nivel bajo de protección y temer el coste de su elevación; el segundo, por lo contrario.
La Convención que redactó el proyecto constitucional se inició en febrero de 2002, en un momento en el que Europa estaba girando a la derecha. Nuevos Gobiernos conservadores desplazaron a otros socialdemócratas ese mismo año en Portugal y Holanda, un año antes de Italia y Dinamarca y, en 1999, en Austria, con lo que eran ya mayoría en las cumbres europeas.
El hambre se juntó con las ganas de comer porque, al concluir la Convención en junio de 2003, su presidente, Valéry Giscard D´Estaing, recordó que habían sido Gobiernos socialdemócratas los que más se habían opuesto a nuevas mejoras en la Europa social. "Resulta hoy imposible", lamentó, "que, en un grupo de países tan diferentes, puedan aprobarse normas comunes sobre el régimen de jubilación, el salario mínimo interprofesional o las condiciones de protección social para todos los ciudadanos". Ese mundo queda en manos de lo que cada Estado, cada Gobierno, decida, porque conservarán su derecho a vetar leyes que lance la Unión.
LA SITUACIÓN
Las leyes que impliquen avances sociales en la Unión deben ser aprobadas por unanimidad y, por tanto, con derecho a veto de cada país, lo que implica mínimas posibilidades de ser aprobadas dados las diferencias existentes en el nivel de protección o ayudas sociales en los 25 socios. Se exige la unanimidad, por ejemplo, al legislar sobre la rescisión de contratos laborales, la lucha contra la discriminación o la representación de los intereses de trabajadores y empresarios. La UE, además, no puede legislar sobre salarios, derecho de huelga y cierre patronal o derecho de asociación.
EL DEBATE
Francia, Bélgica y Hungría fueron de los pocos países en defender más avances. En el lado opuesto, Alemania se vio respaldada por los nórdicos en sus miedos a perder ventajas, a rebajar sus niveles de protección social si se producía una armonización, mientras Reino Unido, por el temor opuesto, contó con el apoyo de Irlanda, Polonia, España y los bálticos.
La primera propuesta que España (con Gobierno del PP entonces) presentó en la Convención, el 7 de enero de 2003, fue sobre la Europa social. Lo hizo con los Gobiernos del Reino Unido (laborista) y de Estonia (liberal). Los tres decían que la cobertura en seguridad social, desempleo o pensiones varía "enormemente" entre unos países y otros y que, por tanto, "la creación de un único Estado de Bienestar europeo es un objetivo imposible". Añadían que "más protección social para los trabajadores podría impedir la creación de más y mejores empleos" y apostaban por la flexibilidad laboral.
Carlos Carnero, socialista miembro de la Convención, calificó la propuesta de "neoliberal y antisocial", mientras José Borrell, hoy presidente de la Eurocámara, emprendió una frustrante cruzada por el modelo social europeo. Sólo logró que hubiera un grupo específico de miembros de la Convención para elaborar un informe al respecto.
El británico Peter Hain, ministro de Asuntos Europeos, advirtió de que Londres no aceptaría "ir más lejos que Niza", en referencia al Tratado hoy en vigor. Le apoyó Alfonso Dastis, en nombre del Gobierno español, para decir que no se podía ir más lejos que la simple declaración de derechos y que todo lo demás era "un falso debate". En línea con los alemanes y los suecos, la eurodiputada conservadora de Finlandia Piia-Noora Kauppi aseguró que buena parte de los objetivos sociales generales "no tienen sitio en una Constitución europea". Su mera mención en el nuevo Tratado tendrá sólo "un valor virtual", le espetó en nombre de la Comisión Europea David O'Sullivan.
"No habrá conciencia común de una ciudadanía europea sin una Europa social; la Europa económica y la Europa social son las dos caras de la misma moneda", clamó en el desierto el conservador francés Pierre Lequiller. Era el mundo al revés.
LA SOLUCIÓN
Aunque escasos, los avances registrados en el Tratado constitucional tampoco son desdeñables. Introduce una cláusula social general (Parte III-artículo 117), gracias al Gobierno liberal belga que la propuso, según la cual todas las iniciativas legales de la Unión deben tener en cuenta el componente social. Además, la Carta de Derechos Fundamentales de la UE obliga a que la legislación europea respete en todo momento el derecho a la huelga (II-87), a la negociación colectiva (II-88) y a la protección ante los despidos injustos (II-90). Asimismo, entre los objetivos globales de la Unión citados en el artículo I-3, se cita el del crecimiento en una economía social de mercado altamente competitiva, pero también "tendente al pleno empleo y al progreso social". La Unión, añade el artículo, "combatirá la exclusión social y la discriminación y fomentará la justicia y la protección sociales".
De otro lado, se produce un mínimo salto adelante en un área tan querida para los franceses como los servicios públicos (denominados "servicios económicos de interés general"), porque se incluye un subterfugio jurídico (III-122) para que la Unión pueda legislar en el futuro mejoras fiscales y de ayudas públicas en este terreno, aunque con claras limitaciones.
Otro consuelo reside en el reconocimiento legal, porque se mencionan en el Tratado, de las llamadas cumbres sociales sobre crecimiento y empleo que reúnen antes de cada cita de los líderes europeos a representantes de sindicatos, patronal, Comisión Europea y presidencia de turno de la Unión.
El modelo sigue siendo el capitalismo social, "una economía social de mercado altamente competitiva" (I-3), concepto este último incluido a petición de la patronal europea UNICE. La creación de un verdadero Gobierno económico sigue siendo una asignatura pendiente, aunque el Consejo de Ministros de la zona euro (Eurogrupo) tendrá ya entidad propia, gana autonomía, con un presidente estable para un mandato de dos años y medio (III-194 y Protocolo número 12).
Las áreas sociales en las que la Unión no puede legislar seguirán siendo las mismas y, donde pueda hacerlo, el derecho al veto seguirá siendo moneda de cambio, lo que implica mínimas posibilidades de aprobar nuevas leyes para mayor protección social en toda Europa. Sólo desaparece el recurso al veto a la hora de legislar sobre las prestaciones sociales para los inmigrantes, pero con un colchón de seguridad, porque, como exigió Londres, la tramitación de la ley correspondiente se paralizará si un Estado se siente perjudicado (III-136).
Pese a todo, los principales sindicatos europeos, como los socialistas franceses, han dado su sí a este Tratado constitucional. Seguramente porque, como decía Giscard, la UE actual no da de momento para más.
Artículos II-87 a II-98
"Los trabajadores y los empresarios tienen derecho a negociar y celebrar convenios colectivos y a emprender, en caso
de conflicto de intereses, acciones colectivas para la defensa de sus intereses, incluida la huelga (...) Toda persona tiene derecho a acceder a un servicio gratuito de colocación. Todo trabajador tiene derecho a protección en caso de despido injustificado (...) Todo trabajador tiene derecho a trabajar en condiciones que respeten su salud, seguridad y dignidad (...) Se garantiza
la protección de la familia en los planos jurídico, económico y social. (...) La Unión reconoce y respeta el derecho de acceso a las prestaciones de seguridad social (...) Toda persona que resida y se desplace legalmente dentro de la Unión tiene derecho a las prestaciones de seguridad social y a las ventajas sociales (...) Se garantizará un nivel elevado de protección de los consumidores".
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