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Absuelto un condenado por maltrato al no existir pruebas

La Audiencia de Valencia ha absuelto a un hombre acusado de maltratar a su hija al considerar que hubo un error en la apreciación de la prueba ya que no puede la sala, según consta en el fallo, "llegar a compartir el criterio del juzgador de que la versión de la denunciante es una convincente declaración" y que el parte médico aportado refería una escoriaciones sin poder determinar si fueron o no consecuencias de un maltrato. El hombre ahora absuelto fue condenado a 50 días de trabajo en beneficio de la comunidad y 60 euros de indemnización. La sección cuarta de la Audiencia de Valencia ha modificado el relato de los hechos y entiende que el 13 de mayo de 2004, a las 16.00, el hombre discutió con su hija de 16 años pero rechaza que la empujara y agarrara por el cuello causándole lesiones como constó en la denuncia. Según el tribunal en el transcurso del juicio oral no se valoró adecuadamente el testimonio de la víctima ni las contradicciones entre ella y la supuesta testigo, la madre, quien dijo que oyó la discusión pero no que le pegara "ni vio agresión alguna". Recoge el tribunal que se condenó al hombre "sobre la base de la propia declaración de la víctima, sin tener en cuenta que dicha declaración fue ambigua e inconsistente, y totalmente contradictoria".

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