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Un tribunal deja libre por error a un acusado de violación y homicidio

La Audiencia de Barcelona toma medidas para proteger a las víctimas

Un error de la Sección Segunda de la Audiencia de Barcelona ha dejado en la calle a un hombre acusado de violación, tentativa de homicidio y dos delitos de detención ilegal porque el tribunal no convocó a las partes para decidir si debía prorrogar la prisión, al vencer el plazo de dos años que marca la ley. La Audiencia asegura que se han tomado las medidas "necesarias y excepcionales para proteger a las víctimas".

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La Ley de Enjuiciamiento Criminal establece la posibilidad de que, transcurridos dos años desde que una persona está en prisión provisional, se pueda prolongar esa situación un máximo de dos años más. En este caso, el plazo vencía el pasado 31 de octubre, pero la Sección Segunda de la Audiencia de Barcelona se descuidó por causas desconocidas y el recluso Tomás Pardo Caro quedó en libertad, a pesar de que el tribunal era plenamente consciente de que eso iba a ocurrir.

La Sala presidida por el magistrado Pedro Martín García y de la que también formaban parte Javier Arzua y José Carlos Iglesias, dictó una providencia el 13 de septiembre en la que aludía a esa fecha límite e instaba al fiscal y a la defensa a que en el plazo de cinco días se pronunciasen sobre si creían que debía mantenerse la prisión. La fiscalía respondió el 18 de octubre con un informe en el que recordaba la gravedad de los delitos que se imputan al preso y el hecho de que existían indicios racionales de criminalidad contra él, consistentes en las declaraciones de sus dos víctimas de violación, su identificación en rueda de reconocimiento por una de ellas e incluso la declaración inculpatoria del procesado.

Graves acusaciones

La fiscalía relataba que el preso está acusado de dos delitos de detención ilegal, que se castigan con penas de hasta seis años de cárcel; otros dos delitos de robo con violencia e intimidación, penados hasta con cinco años; un delito de agresión sexual, castigado hasta con 15 años de prisión, y otro de homicidio en grado de tentativa, penado hasta con 10 años. Por eso la fiscalía reclamó que se prorrogase la cárcel.

El gabinete de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña emitió ayer una nota, redactada a partir de la información facilitada por el presidente de la Sección Segunda, en la que se explicaba que se produjo "un problema de transcripción de fechas que impidió, por un día, revisar la situación personal del procesado", y que "el ministerio fiscal tampoco pidió prórroga de la prisión preventiva". La realidad, sin embargo, es bien distinta y el fiscal jefe de Cataluña, José María Mena, declaró a la cadena SER que "cualquier referencia a que la fiscalía no ha actuado correctamente es absolutamente injustificada". Mena también añadió que "no existió el mínimo error de fechas".

Al descubrirse la puesta en libertad, el tribunal obligó al preso a presentarse cada día en sus instalaciones y fijó el juicio para el 1 de diciembre. En un comunicado, la Audiencia de Barcelona indicó que "se han tomado todas las medidas necesarias y excepcionales" para garantizar la seguridad de las víctimas. Los jueces implicados en este caso son los mismos que hace un año dictaron una sentencia que culpaba a un albañil del accidente laboral que sufrió y le retiraron la indemnización.

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