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El Supremo anula la asignación de agua del Júcar al Vinalopó

El tribunal dice que el Estado no puede regular ríos que recorran un sólo territorio

El Tribunal Supremo ha anulado una serie de artículos del Plan Hidrológico del Júcar aprobado en 1998 que asignan recursos de ese río a otros sistemas hídricos como el Vinalopó o el Turia. Según la Fundación por el Progreso de Albacete, que recurrió el plan, el alto tribunal considera que el Estado no puede regular en ese plan ríos que nacen y mueren en una comunidad autónoma. Los artículos suprimidos afectan al trasvase Júcar-Vinalopó, ya en construcción.

La Fundación por el Progreso de Albacete (FPA) dio a conocer ayer por la tarde la sentencia, que anula los artículos del Plan Hidrológico del Júcar que permiten la derivación de agua para regadío a otros ríos como el Turia o el Vinalopó. Así lo afirmó el presidente de la FPA, Alfonso Calera, ex diputado socialista de Castilla-La Mancha, quien precisó que el fallo judicial afecta a la asignación de unos 300 hectómetros cúbicos al año. Calera recalcó que sólo se anulan aprovechamientos de agua para regadíos, no para abastecimiento a poblaciones ni los usos del agua del Júcar dentro de la misma cuenca, y agregó que sólo afecta a trasvases destinados a otros ríos incluidos en el plan. El Ministerio de Medio Ambiente dijo a última hora de la tarde que no se pronunciará sobre el fallo hasta conocerlo.

Según explicó el abogado de la fundación, Francisco Delgado, el recurso discutía la competencia del Estado para regular dentro del mismo plan del Júcar las aguas de ríos que recorren sólo el territorio de una comunidad autónoma, en el caso de Castilla-La Mancha la cuenca de Pozohondo, y en la Comunidad Valenciana ríos como el Cèrvol, Belcaire, Palancia o Carraixet. El plan, sin embargo, engloba sistemas hídricos que incluyen estos ríos, además del Júcar, del Turia o el Vinalopó. Delgado afirma que los ríos deberían tener planes independientes y en el caso de los "intracomunitarios", ser regulados por las autonomías. El plan del Júcar, además, hace posible la transferencia de agua de un río a otro, como es el caso del Canal Júcar-Turia o del trasvase Júcar-Vinalopó. Este trasvase, ya aprobado y en construcción, es objeto de una comisión integrada por el Ministerio de Medio Ambiente, la Confederación Hidrográfica del Júcar y diversos expertos y colectivos, para analizar si el Júcar puede mantener su caudal ecológico y tiene suficientes reservas para ceder 80 hectómetros cúbicos al Vinalopó. La Comisión Europea cofinancia la obra y exige que se asegure el caudal ecológico del Júcar antes de trasvasar.

El Supremo, al admitir el argumento de la fundación sobre la falta de competencia del Estado para regular estos ríos en el plan del Júcar, anula los artículos que asignan 95 hectómetros cúbicos para regadío al Canal Júcar-Turia, además de los 80 que se prevén para el Vinalopó, entre otros caudales. Sin embargo, el Supremo mantiene los repartos del agua del Júcar para los regadíos asociados al río tanto en la Comunidad Valenciana como en Castilla-La Mancha. Delgado añadió que la sentencia es firme y obliga a la Administración a su cumplimiento en dos meses. "De no ser así", puntualizó, "la Fundación pediría la paralización de las obras del canal Júcar-Vinalopó y la suspensión de los aprovechamientos con agua del Júcar que estén teniendo lugar en la cuenca del Turia".

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