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Análisis:Laboral | CONSULTORIO
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

El finiquito

El documento en el que empresario y trabajador acuerdan liquidar las cantidades pendientes al concluir la relación laboral es lo que comúnmente se denomina finiquito. Al extinguirse la relación laboral puede ocurrir que queden obligaciones pendientes. El salario del mes en que se extingue el contrato, las partes proporcionales de las pagas extras, las vacaciones devengadas y no disfrutadas, son conceptos que suelen figurar en estos documentos.

La firma por el trabajador del finiquito no implica su conformidad con la decisión empresarial de extinguir el contrato, sino que para ello deberá constar la voluntad inequívoca del trabajador de dar por extinguida la relación laboral. Son frecuentes, a estos efectos, las fórmulas por las cuales las partes "dan por resuelta y finiquitada la relación laboral", "en concepto de liquidación total de todos los trabajos efectuados a dicha empresa", "quedando así indemnizado y liquidado el contrato".

En estos casos, impugnar el finiquito alegando que se ha producido un despido y no una extinción consensuada del contrato va a resultar muy complicado. La jurisprudencia atribuye un pleno valor liberatorio y extintivo al recibo del finiquito, cuando la voluntad del trabajador queda constatada de forma clara. Solamente la prueba de la existencia de "vicios del consentimiento" (dolo, violencia, intimidación...) o de la falsedad del documento (que exige la interposición de una acción penal), podría hacer perder al finiquito su eficacia liberatoria.

Por tanto, la dificultad que conlleva probar las posibles irregularidades o falsedades del finiquito, determina que el documento firmado por el trabajador se preconstituya como un indicio claro de la extinción negociada y consensuada de la relación laboral, recayendo sobre el trabajador la prueba de que el documento está viciado.

Únicamente podrían reclamarse en estos casos aquellos conceptos que se consideraran "irrenunciables", por haber sido reconocidos por ley o convenio colectivo, así como aquellos otros que, no figurando en el finiquito, pudiera entenderse que no les alcanza el valor liberatorio del mismo (como, por ejemplo, algunos pluses o las horas extraordinarias).

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