Nueva 'llave' para elegir la cúpula judicial
La mayoría del Consejo del Poder Judicial amenaza con bloquear el nuevo sistema de elección de magistrados del Supremo, del Constitucional y los Tribunales Superiores
La designación de los cargos más importantes de la cúpula judicial se realizará, dentro de unas semanas, por un nuevo sistema, introducido en una reforma legislativa que el Parlamento tramita con urgencia, y que esencialmente consiste en que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que venía designándolos por un mínimo de 11 de sus 21 votos, tendrá ya que nombrarlos por dos votos más: 13.
El revuelo originado por esta reforma tanto en el PP como en el sector conservador del CGPJ -que, con la adhesión del presidente, venía teniendo en sus manos los 11 votos llave de los nombramientos- ha llevado a este último a plantear, con tono de amenaza, la posibilidad de "formación de minorías de bloqueo", que pudieran decidir denegar su concurso "para determinados nombramientos", con "efectos retardatarios" y que podrían "llegar a perturbar gravemente el desenvolvimiento normal del órgano".
A los conservadores les molesta perder una vía con la que copaban las vacantes del Supremo
En realidad, la nueva llave sólo significa extender el quórum de 13 de los 21 votos, hasta ahora establecido para designar al presidente y vicepresidente del CGPJ y a los magistrados del Tribunal Constitucional que corresponde que proponga el CGPJ, también a la designación de los presidentes de Sala y magistrados del Tribunal Supremo y a los presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia de cada una de las comunidades autónomas, además de a los dos magistrados del Supremo que han de conocer de las actividades del Centro Nacional de Inteligencia que afecten a derechos fundamentales.
Negociación
La reforma favorece la negociación del sector conservador con las minorías, pero no impone el acuerdo sobre esos nombramientos entre los dos sectores cuantitativamente más importantes del Consejo. Con la composición actual del CGPJ, para obtener 13 votos, bastaría que el sector conservador uniera a sus 11 votos el del vocal propuesto por CiU y el de consenso PP-PSOE, es decir, sin necesidad de contar con los votos del sector progresista.
Pero a la mayoría conservadora del CGPJ le molesta verse desposeída de la herramienta que le viene permitiendo, con comodidad y sin necesidad de negociar con nadie, colocar en puestos claves -sobre todo de la Sala Penal del Supremo, que juzga a los aforados- a jueces de la Asociación Profesional de la Magistratura, mayoritaria y conservadora en la carrera judicial, o afines.
Una herramienta con la que ha colocado en el Supremo a 12 de sus candidatos, de un total de 18 plazas, y en la presidencia de los Tribunales Superiores de Justicia a 10, frente a cuatro del sector progresista. Una herramienta con la que tenía previsto copar decenas de nombramientos inminentes.
Sólo los nombramientos de magistrados del Tribunal Supremo más inmediatos -como consecuencia de jubilaciones a finales de 2004 y en el 2005- son 19. El PSOE y todos los restantes grupos parlamentarios que apoyan la reforma, con la excepción del PP, quieren que el nuevo sistema de nombramiento se aplique ya a esas vacantes.
De ahí que el sector conservador protestara cuando el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, exigió al CGPJ su informe, preceptivo pero no vinculante, por procedimiento de urgencia: en 15 días. Y del mismo modo, el PP, por boca de su portavoz parlamentario, Eduardo Zaplana, calificó el martes pasado de "atropello intolerable" el acuerdo de todo el Parlamento, excepto el PP, para que la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial se realice con urgencia, en lectura única, en aplicación del artículo 150 del Reglamento del Congreso, que así lo prevé para aquellas propuestas legislativas, como ésta, en que "la simplicidad de formulación lo permita".
El malestar del sector conservador del CGPJ se materializó en un informe, aprobado con sus únicos 11 votos, que más que objeciones jurídicas destila irritación. Así, presagia que la reforma perturbará "el normal funcionamiento del Consejo", mediante un sistema de nombramientos "que forzaría el consenso", con lo que el órgano está "herido de muerte".
La minoría progresista, volviendo la oración por pasiva, señala en su voto particular que "lo que está 'hiriendo de muerte' a este órgano de gobierno del poder judicial" es la experiencia acreditada en estos últimos años de "un fraccionamiento sistemático del Consejo, en particular en materia de nombramientos".
Mérito y capacidad
En cambio, existe un acercamiento de posiciones entre los dos sectores del CGPJ frente a la exposición de motivos de la futura ley cuando afirma que la mayoría de tres quintos fortalece el mérito y capacidad de los nombrados, como "feliz resultado".
El informe del CGPJ, apoyado por los conservadores, critica que "la proyectada ley no introduce -ni lo pretende- normas o criterios de valoración o calificación de los méritos de los candidatos a los cargos, y se limita a variar la mayoría exigible para los nombramientos".
El voto particular de la minoría progresista reconoce que "una política de nombramientos más consensuada no garantiza per se el mayor mérito y capacidad de los nombrados, mérito y capacidad que, para ser una realidad, debería favorecerse con otros elementos que el propio pleno debería adoptar como regla interna de funcionamiento". Y alude a la insistencia con que la vocal Ángeles García viene reclamando, además de criterios objetivos para cubrir cada cargo judicial, "la motivación de las decisiones" en materia de nombramientos, iniciativa que ha contado "con la sistemática oposición de (...) la mayoría".
La historia del CGPJ, creado por la Constitución de 1978 para despojar al Ejecutivo de las funciones de gobierno de los jueces, muestra, desde que en 1985 los socialistas lograron la elección parlamentaria de los 20 vocales del Consejo, que la mayor preocupación de la política judicial, tanto desde el Ejecutivo como desde el propio CGPJ, no ha sido fortalecer el mérito y capacidad de los jueces nombrados.
Lo ha explicado con claridad el magistrado Perfecto Andrés Ibáñez, conocedor profundo de la materia: "Nada más sencillo para quien se halla en una posición fuertemente mayoritaria que cargarse de autoridad moral reglamentando la propia discrecionalidad, estableciendo parámetros tendencialmente objetivos de valoración de aptitudes y méritos, con objeto de premiar la profesionalidad bien contrastada y la demostrada sensibilidad en tema de independencia, al distribuir las presidencias y las plazas del Tribunal Supremo. Pero nada de eso sucedió, sino que siguieron prevaleciendo actitudes inspiradas en razones de afinidad, política en último término, ajenas a aquellos criterios ideales".
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