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Análisis:Impuestos | CONSULTORIO
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Armonización fiscal

Los medios de comunicación se han hecho eco de la propuesta de la Comisión Europea relativa a fijar una misma base imponible a efectos del impuesto sobre sociedades para todos sus miembros, la cual se someterá a estudio y análisis, no sin la reticencia o la oposición de algunos de aquéllos.

Se dice que la propuesta busca hacer más competitivas a las empresas comunitarias, pero el tema de fondo responde a la preocupación por el traslado de las empresas en función de aquellas ventajas que mejoren su productividad, entre las que figuran las fiscales, aunque no sean las únicas ni las más importantes.

En todo caso el propósito de uniformar la base imponible del citado tributo es coherente con la normalización contable, y contribuiría a determinar un mismo resultado a efectos fiscales para todas las sociedades.

La propuesta, que pretende incrementar la competitividad de las empresas, levanta recelos en algunos miembros de la UE

Esto último sintonizaría con el principio de transparencia, en cuanto que presumiblemente eliminaría o limitaría los incentivos fiscales que pudieran operar sobre la base imponible, haciéndola menos compleja, reservando estos últimos para actuar directamente sobre la cuota mediante las oportunas deducciones. Ello implicaría un tratamiento homogéneo de las amortizaciones del inmovilizado, limitando los incentivos fiscales basados en la aceleración de las mismas.

Esto está en sintonía con las conclusiones del comité Ruding, si bien éste consideró que los incentivos no deberían afectar, además de a la base imponible, al tipo impositivo, elemento que no se ve afectado por esta propuesta de armonización, al menos en principio, por lo que al dejarse su determinación al criterio de cada Estado no parece que se contribuya decisivamente a procurar la neutralidad del impuesto, al no evitar que influya en las decisiones de inversión que puedan adoptar los operadores económicos.

El mayor recelo ante tal homogeneización reside en la sospecha de que no se limite a la base imponible y se extienda a todo el impuesto. Algo que afectaría al ámbito de las deducciones en cuota y, por ello, a su utilización como medidas de política económica y social por los Estados.

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