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La Junta expropiará suelo a los pueblos que incumplan los plazos de construcción de VPO

Todos los municipios estarán obligados a reservar el 30% de terreno a vivienda protegida

La Junta de Andalucía quiere dotarse de medidas coercitivas para obligar a los ayuntamientos de la comunidad a cumplir con los plazos de construcción de las viviendas de protección oficial (VPO) por lo que pretende expropiar suelo en el caso de que éstos infrinjan sus compromisos en esta materia. Así se contempla en el anteproyecto de ley de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo que analizó ayer el Consejo de Gobierno. El texto normativo también prevé penalizaciones en el caso de uso fraudulento de este tipo de casas.

El Gobierno andaluz va a dar rango de ley a un conjunto de medidas sobre la vivienda protegida ahora recogidas en distintos decretos. El objetivo es aumentar "sustancialmente" la oferta de VPO en la comunidad autónoma, según afirmó ayer la consejera de Obras Públicas, Concha Gutiérrez, en conferencia de prensa al término del Consejo de Gobierno.

La citada ley regular tanto el régimen jurídico de la VPO como en las políticas de suelo. En este sentido, el anteproyecto de ley obliga a "establecer en los planes urbanísticos los plazos para el inicio o terminación de las viviendas protegidas, cuyo incumplimiento podrá dar lugar a la expropiación de suelos", según informó Gutiérrez.

La norma también amplía a todos los municipios de la comunidad la obligación de reservar al menos el 30% de los nuevos suelos de uso residencial a vivienda protegida. Hasta ahora esta disposición sólo afectaba a los municipios de más de 20.000 habitantes y a los situados en el litoral y en áreas metropolitanas.

Respecto a la construcción, la nueva ley mantendrá los principios de igualdad, publicidad y concurrencia en la adjudicación, que se realizará por sorteo, pero eliminará la posibilidad de que el propietario pueda cambiar la calificación de vivienda protegida a libre antes del plazo legal.

Actualmente, esta descalificación está permitida con la devolución de las ayudas y el pago de una parte de las plusvalías.

Para evitar "la especulación y el fraude" con la vivienda protegida, la futura norma introduce la posibilidad de recurrir a la expropiación forzosa de la vivienda cuando se destine a usos no autorizados, no se dedique a domicilio habitual y un mismo propietario utilice más de una vivienda protegida, así como por falsedad en la documentación aportada en el proceso de adjudicación o por incumplimiento de las obligaciones para la enajenación. Hasta ahora estas infracciones se castigan con sanciones que no incluyen la expropiación.

En el régimen jurídico de la ley se establecerá el derecho de adquisición preferente de la Junta de Andalucía sobre las viviendas protegidas de promoción privada que queden vacantes. La comunidad autónoma también tendrá derecho de tanteo y retracto sobre las segundas o posteriores ventas.

En paralelo a esta ley, el Gobierno andaluz aprobó el anteproyecto de ley de Calidad de la Vivienda con el fin de lograr mayor seguridad de las casas. Esta norma obligará a que las modificaciones de construcción sean aprobadas por el usuario, cuyos derechos y obligaciones tanto a la hora de comprar la vivienda como en las posteriores estarán regulados.

El anteproyecto contempla un régimen sancionador que afecta a promotores, proyectistas, contratas, subcontratas, director facultativo y usuarios con multas que van desde los 6.000 a los 150.000 euros; la inhabilitación para la construcción de viviendas; y el pago de daños y perjuicios.

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