La Justicia frena planes urbanísticos
Tras paralizarse el proyecto de las marismas de Txipio, está pendiente el fallo de dos casos en Plentzia y Urdaibai
Por vez primera, un gran proyecto urbanístico en Euskadi ha sido han paralizado definitivamente en los tribunales. El Supremo ha rechazado el plan, presentado públicamente hace 12 años, para construir 750 viviendas y un puerto deportivo en las marismas de Plentzia y Barrika, que iba a costar 10.000 millones de las antiguas pesetas.
Ha sido la gran victoria del colectivo ecologista Txipio Bai, que precisamente se fundó para rechazar ese plan. La Justicia, además de litigios en marcha sobre obras de menor entidad, tiene pendiente pronunciarse sobre otros dos proyectos significativos en Vizcaya.
El primero es la construcción de 97 chalets en un área protegida de Barrika, que ya fue anulada inicialmente por el Tribunal Superior vasco, aunque luego dio su autorización. El segundo es el proyecto de ampliar la edificación de viviendas en el barrio de Kanala, en el corazón de la reserva de Urdaibai, que cuenta con el visto bueno del Gobierno y prevé más de 20 nuevos chalets. Los tribunales han conseguido abortar otros proyectos de menor entidad, como el plan del Ejecutivo de relleno del puerto de Ondarroa, que ahora se está restaurando tras fallos judiciales contrarios, o han modificado los trazados de carreteras en Vizcaya, como la variante de Berriz.
Los ecologistas esperan un desenlace similar al de las marismas de Txipio, plan que en 1992 se presentó con el beneplácito de la Diputación. Los promotores, la empresa Marina de Txipio, se toparon primero con el rechazo de la Demarcación de Costas del País Vasco, que dictaminó que casi todos los terrenos -35 hectáreas- ocupaban una zona de dominio público marítimo-terrestre y otra de servidumbre de protección. La decisión fue ratificada en 1995 por el Ministerio de Medio Ambiente y en ese periodo el Gobierno vasco declaró la zona como un humedal.
Los promotores llevaron el asunto a los tribunales, pero la Audiencia Nacional prohibió, en una sentencia dictada en 2000, el desarrollo de cualquier proyecto urbanístico. El Supremo ha ratificado esta opinión, en un fallo dictado en febrero, pero notificado a las partes la pasada semana. Estima que esta zona se inunda diariamente con las pleamares y rechaza los informes de los promotores por "no tratarse de un dictamen con las garantías de imparcialidad y contradicción propias de una prueba pericial". Condena tanto a la promotora como al Ayuntamiento de Barrika, que ha defendido el proyecto, al pago de las costas judiciales.
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