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La Audiencia Nacional investigará posibles responsabilidades penales sobre el Yak-42

La juez Palacios deberá examinar si hubo irregularidades en la contratación del vuelo

La Audiencia Nacional investigará el accidente del Yak-42, ocurrido en Trebisonda (Turquía) el 26 de mayo de 2003, en el que murieron 62 militares españoles. Así lo decidió ayer un tribunal de la Audiencia, que dio la razón a las familias de las víctimas, por lo que la juez Teresa Palacios deberá investigar ahora las posibles irregularidades en la contratación del vuelo siniestrado, que podrían constituir delitos de omisión cometidos por responsables del Ministerio de Defensa encabezado por Federico Trillo, así como en las identificaciones erróneas de los militares fallecidos.

La juez Palacios había rechazado, con el informe favorable del fiscal de la Audiencia, la denuncia que el 31 de octubre de 2003 presentó la Asociación de Familias Afectadas por la Catástrofe del Accidente Aéreo Yak-42, así como la ampliación de la misma el 5 de marzo de 2004, por considerar que la Audiencia Nacional no era competente para investigar los hechos.

Los familiares denunciaban irregularidades cometidas por responsables del Ministerio de Defensa, encabezado en ese momento por Federico Trillo (PP), en la contratación del vuelo, que carecía de cualquier tipo de inspección; irregularidades en el plan de vuelo; defectos en el funcionamiento de determinadas prestaciones esenciales del avión; transporte de carga y personal conjuntamente sin mecanismos de aseguramiento de la carga; transporte de armas y explosivos; defectuoso funcionamiento de las cajas negras, así como irregularidades en la identificación y repatriación de los cadáveres de los fallecidos.

Los magistrados destacan que no cabe abrir un proceso sobre cómo se produjo el accidente aéreo en Turquía, ya que hay una investigación abierta sobre el asunto en aquel país, que es el competente, ya que fue allí donde ocurrió el siniestro.

Distinta es la responsabilidad penal en que hayan podido incurrir determinadas personas españolas antes y después del accidente por supuesta dejación de sus obligaciones en el control de la contratación y del modo de transporte de los militares españoles que regresaban de Afganistán tras prestar labores de asistencia humanitaria, ya que puede constituir una omisión delictiva. También puede haber responsabilidad penal por las certificaciones emitidas por un general de división médico y un teniente general del Aire sobre la identificación de los cadáveres, ya que pudieran constituir delitos de falsedad en documento oficial y prevaricación.

Competencia jurisdiccional

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El tribunal detalla los requisitos para que unos hechos delictivos sean investigados y juzgados en la Audiencia Nacional. Entre ellos incluye que los delitos cometidos fuera de España tengan autores españoles; que el hecho sea punible en el lugar en que se cometió; que sea denunciado ante los tribunales españoles y que el responsable no haya sido absuelto, indultado o condenado en el extranjero. El tribunal concluye que todos esos requisitos se cumplen en el caso del Yak-42.

La Sala señala que los ilícitos penales que pudieran derivarse de las irregularidades detectadas en el proceso de contratación del Yak-42 seguido por el Ministerio de Defensa se produjeron en territorio no español. Las comunicaciones y el contrato de charter entre las empresas subcontratadas también se realizaron en el extranjero. Las irregularidades relativas al anormal funcionamiento del Yak-42, así como las producidas después del accidente -entre ellas, las referidas a la identificación de los cadáveres y el irregular funcionamiento de la comisión que investigó el accidente- se produjeron igualmente fuera del territorio nacional.

"Es preciso", señala la resolución, "instruir las oportunas diligencias penales (...) para depurar las eventuales responsabilidades en que pudieran haber incurrido determinados funcionarios españoles que, como garantes, debieron llevar a cabo labores de inspección y control dentro y fuera de España en las etapas de contratación y desarrollo del vuelo del Yak-42 que resultó accidentado, por los presuntos delitos con resultado de muerte cometidos por omisión de los mismos, y que de haberse llevado a cabo quizá hubieran evitado la muerte de los 62 militares españoles que regresaban de Afganistán".

El tribunal puntualiza que, "igualmente, ha de atribuirse la competencia de esta Audiencia Nacional con respecto a la segunda denuncia (...) formulada (...) contra dos Generales de División Médicos [Vicente C. Navarro Ruiz y José Antonio Beltrán Doña] destacados a Turquía que firmaron las certificaciones de identificación de los cadáveres por los presuntos delitos de falsedad en documento oficial y de prevaricación de funcionario público, ante el cúmulo de irregularidades denunciadas y documentación aportada, a fin de esclarecer los hechos y, en su caso, depurar las responsabilidades penales en que hubieran podido incurrir".

El teniente general José Antonio Beltrán, a la izquierda, y el general de división Vicente Navarro.
El teniente general José Antonio Beltrán, a la izquierda, y el general de división Vicente Navarro.EFE

Trillo pide zanjar "tanto infundio"

"Confío en que la justicia establezca la verdad de una vez y acabe con tanto infundio y manipulación de algunos responsables políticos, así como con la situación de indefensión que hasta ahora se ha soportado", declaró ayer el diputado del PP y ex ministro de Defensa Federico Trillo-Figueroa a Europa Press después de que la Audiencia Nacional se declarase competente para investigar las posibles responsabilidades penales sobre el Yak-42.

"Tengo que recordar que todos tienen derecho a la presunción de inocencia y a partir de ahora hay que exigir su respeto", añadió Trillo.

La resolución de la Audiencia Nacional destaca la posición de garantes de los responsables del Ministerio de Defensa español y precisa que pudieron haber cometido un delito por omisión de su deber de vigilancia.

Además, el tribunal señala que no puede ser puesta en duda la posición de garante de aquel que "tiene un dominio efectivo sobre las personas responsables mediante el poder de imponer órdenes de obediencia obligatoria". Por ello, concluye el tribunal, debe investigarse la actuación o la falta de ella de los responsables de Defensa en la contratación del Yak-42 y en la ausencia de control de cualquier inspección.

Eudaldo Vendrell, abogado que defendió el recurso de los familiares de las víctimas en la Audiencia Nacional, mostró ayer su satisfacción por que el tribunal haya considerado que existen indicios suficientes de delito antes y después del accidente del Yak-42.

Coincidiendo con la decisión de la Audiencia, el Estado Mayor Conjunto de la Defensa y los Estados Mayores de los tres Ejércitos acordaban ayer activar, con celeridad, el centro que dirigirá la inspección y control de los medios de transporte civiles que se contraten para llevar a tropas a zonas de operaciones.

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