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Los trabajadores temporales generan derecho a pensión complementaria

Íñigo de Barrón

El Tribunal Constitucional ha emitido su primera sentencia que refuerza los derechos de los trabajadores temporales. La más alta instancia judicial ha decidido que los empleados temporales de una caja de ahorros, en concreto la Insular de Canarias, que pasaron a ser fijos después del 29 de mayo de 1986 (fecha de entrada en vigor del XIV Convenio Colectivo de Cajas), tienen los mismos derechos en cuanto a su complemento de pensión que los que estaban fijos desde el principio. El Constitucional afirma que esta práctica es contraria al principio de igualdad.

La Caja Insular de Ahorros de Canarias -al igual que otras entidades como La Caixa, Caixa de Cataluña, la Caja General de Granada y Bancaja- había excluido del régimen de previsión social complementaria a los trabajadores con las citadas condiciones. Ha habido sentencias favorables a empleados con contratos de aprendizaje. Fuentes de Comfía-Comisiones Obreras, sindicato que presentó estos recursos, estiman que la sentencia "puede afectar a más de mil empleados".

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Sobre la firma

Íñigo de Barrón
Es corresponsal financiero de EL PAÍS y lleva casi dos décadas cubriendo la evolución del sistema bancario y las crisis que lo han transformado. Es autor de El hundimiento de la banca y en su cuenta de Twitter afirma que "saber de economía hace más fuertes a los ciudadanos". Antes trabajó en Expansión, Actualidad Económica, Europa Press y Deia.

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