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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Violencia de género y divorcio

El proyecto de Ley Integral de Violencia de Género ha de ser saludado como un intento positivo de agrupar y sistematizar en un solo texto legal todos los instrumentos jurídicos de los que el Estado dispone para luchar contra este tipo de violencia.

No obstante, quienes día a día intervenimos en los procesos de separación, divorcio o rupturas de parejas de hecho vemos con preocupación algunos aspectos de la ley que deberían replantearse en el trámite parlamentario.

Concretamente la creación de los juzgados de violencia sobre la mujer (que conocerán de los delitos y faltas en caso de violencia de género y de los procesos de familia que puedan derivarse de ellos) es una mala solución técnica a la necesaria coordinación entre los juzgados civiles y penales que hasta ahora intervenían en este campo.

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En lugar de ahondar en una respuesta jurídico-social de calidad en el ámbito de los procesos de ruptura familiar (fomento de los servicios de mediación, especialización de juzgados en asuntos de familia, creación de puntos de encuentro familiar, procesos judiciales que pacifiquen el conflicto familiar en lugar de agudizarlo), evitando así la aparición de "escenarios" que propician la violencia familiar, la futura ley apuesta por un "derecho de familia del maltratador", en una perspectiva exclusivamente jurídico-sancionadora que empieza a ser preocupante.

Este planteamiento "punitivo" de los procesos de familia, que podría justificarse en ciertos casos, en otros muchos arrastrará a los grupos familiares en proceso de ruptura a unos juzgados (los de violencia sobre la mujer) donde los planteamientos "pacificadores" tendrán escasa cabida, prevaleciendo, por el contrario, dinámicas negativizadoras y culpabilísticas que enquistarán la mayoría de los conflictos.

En la práctica diaria, esos juzgados quedarán colapsados por las interminables ejecuciones de las sentencias civiles que dicten (impago de pensiones, incumplimientos de régimen de visitas, liquidación del régimen económico matrimonial), que a su vez impedirán una rápida respuesta en los nuevos asuntos que tramiten.

El objetivo de coordinación que se pretende lograr con la creación de los juzgados de violencia puede alcanzarse por otros medios como la concentración de los asuntos penales en determinados juzgados de instrucción (con la denominación que propone la ley) y la potenciación de la jurisdicción de familia. Se evitarían así los graves "daños colaterales" que la actual configuración de los nuevos juzgados va a generar y a la vez se avanzaría en otros caminos no punitivos en la lucha contra la violencia de género.

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