Indemnizado un trabajador aunque el accidente fue por su negligencia
El Ayuntamiento de Paiporta no se ha librado de indemnizar a uno de sus trabajadores que sufrió un accidente laboral a pesar de que el siniestro tuvo su origen en una negligencia del operario. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) considera que aunque "existió una conducción imprudente del demandante, por cuanto queda probado que el trabajador accidentado incumplió las órdenes dadas por su encargado de poner red de protección y colocarse el casco, resulta patente que la contrapartida al derecho del trabajador a la integridad física y una adecuada política de seguridad e higiene tiene su contrapartida en el deber de observar las medidas de seguridad que se adopten". Así pues, la administración local, para la que trabajaba el operario, no está exenta de responsabilidad patrimonial sobre lo ocurrido. Entiende el tribunal que funcionó mal al permitir que continuara realizando su trabajo sin las condiciones de seguridad que marca la normativa.
Por ello, "debe apreciarse una compensación de culpas, debiendo asumir cada una de las partes el 50% de los daños y perjuicios producidos, que se cuantifican en 240.000 euros derivados de las secuelas, de los 430 días de baja y de los perjuicios morales ocasionados a la familia". El consistorio, pues, debe indemnizar al trabajador con 120.000 euros.
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